Estimados foristas. Antes que nada, me gustaría presentarme, soy estudiante en los últimos estadios de la carrera de derecho, actualmente estoy en un patrocinio jurídico gratuito con tareas de trabajo social-académico.
Mi inquietud es la siguiente, puede hacerse "denuncia de nuevo bien" en una sucesión con declaratoria (sin inscribir ni particionar) respecto a un inmueble adquirido en fecha posterior a la señalada en el auto, que a su vez fue inscripto como condominio entre los mismos herederos?
Particularidades del caso
-Sucesión tramitada ante juzgado civil nacional
-Existen:
2 causantes (madre e hijo único, fallecidos en los años 1993 y 1991 respectivamente)
2 herederos (hijos del último)
Declaratoria con fecha año 2000, en donde se los declara sucesores a ambos.
-Quid:
A la fecha, agosto del 2009, se intenta denunciar dos nuevos bienes, ambos inmuebles.
.Uno adquirido por el causante cuyos títulos fueron encontrados recientemente.
.El segundo, el cual motiva mi posteo, adquirido en el año 2007 por los sucesores, con dinero que no fue denunciado en la declaratoria (al momento de la inscripción se inscribió un condominio conformado por los sucesores y conjuntamente un usufructo vitalicio creado en favor de la madre de ambos, concubina de su padre).
Muchas gracias a todos por compartir y difundir su pasión por el derecho!
Mi inquietud es la siguiente, puede hacerse "denuncia de nuevo bien" en una sucesión con declaratoria (sin inscribir ni particionar) respecto a un inmueble adquirido en fecha posterior a la señalada en el auto, que a su vez fue inscripto como condominio entre los mismos herederos?
Particularidades del caso
-Sucesión tramitada ante juzgado civil nacional
-Existen:
2 causantes (madre e hijo único, fallecidos en los años 1993 y 1991 respectivamente)
2 herederos (hijos del último)
Declaratoria con fecha año 2000, en donde se los declara sucesores a ambos.
-Quid:
A la fecha, agosto del 2009, se intenta denunciar dos nuevos bienes, ambos inmuebles.
.Uno adquirido por el causante cuyos títulos fueron encontrados recientemente.
.El segundo, el cual motiva mi posteo, adquirido en el año 2007 por los sucesores, con dinero que no fue denunciado en la declaratoria (al momento de la inscripción se inscribió un condominio conformado por los sucesores y conjuntamente un usufructo vitalicio creado en favor de la madre de ambos, concubina de su padre).
Muchas gracias a todos por compartir y difundir su pasión por el derecho!
