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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #399569  por mabelsvoboda
 
HOla Foristas
necesito saber si una trabajador,en actividad petrolera, que reune 25 años de aportes diferenciales, y tiene 52 años de edad,al ser intimado,por la empresa, a iniciar su jubilacion , puede negarse aduciendo que que optará para jubilarse los 30 años y 65 de edad,.-Existe algun dictamen de la CARRS al respecto o jurisprudencia, desde ya muchas gracias por lo que me puedan informar .Mabel
 #399588  por hugo2
 
mabelsvoboda escribió:HOla Foristas
necesito saber si una trabajador,en actividad petrolera, que reune 25 años de aportes diferenciales, y tiene 52 años de edad,al ser intimado,por la empresa, a iniciar su jubilacion , puede negarse aduciendo que que optará para jubilarse los 30 años y 65 de edad,.-Existe algun dictamen de la CARRS al respecto o jurisprudencia, desde ya muchas gracias por lo que me puedan informar .Mabel
La ley es muy clara, o reune los requisitos o no, si los reune no hay nada que hacer, ademas como se trata de un regimen diferencial si o si tiene que dejar de trabajar ( por lo menos en esa tarea )
 #399876  por mabelsvoboda
 
[]
Estimado hugo2 gracias por tu respuesta.
Pero existe la posibilidad de que se rechace la intimacion aduciendo que faltan años de aportes diferenciales , atento que el empleador no tiene acceso a toda la historia laboral del Señor.
Este señor reune los requisitos de edad y aportes,las empresas petroleras, soy de Comodoro Rivadavia, atento la merma laboral, estan intimando a sus empleados a traves del 252 al inicio de jubilacion,.En este caso el señor realizó,iguales tareas ,en distintas empresas,-Presuponiendo, que el empleador no tiene acceso a su historia laboral,atento que la clave segurid AD SOCIALes personal, podriamos rechazar y ver que pasa, porque en definitiva transcurrido el año desde que le OTORGA la certificacion,para jubilarse lo unico que puede ocurrir es el despido.
El señor realmente quiere continuar trabajando porque la diferencia entre su sueldo y lo que sería su haber jubilatorio es abismal.

GRACIAS MABEL
 #399888  por hugo2
 
Mabel habria que ver en quien recae la carga de la prueba, ante una intimacion del empleador el empleado tendra que demostrar que no esta en condiciones de jubilarse.
 #400745  por mabelsvoboda
 
Hola Hugo te cuento que por lo que pude consultar la carga de la prueba recae en el empleador.Hay fallos al respecto, por despido aduciendo el cumplimiento del plazo del 252.y el empleado ,mediante juicio,ha ganado porque no reunia los requisitos para jubilarsey deben indemnizarlo por despido indirecto-
Al intentar consultar como un empleador obtiene los datos para saber si un empleado está en condiciones de jubilarse, respecto a aportes de empleadores anteriores,realmente no se puede desde el anses obtener esa informacion.La clave de seguridad social es personal.
De esta forma los empleadores se encuentran atados de manos.desde ya muchas gracias por tu atencion saludos mabel