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  • URGENTE: EJECUTO PAGARE CON ERRORES

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 #344024  por russo1984
 
urgencia!! DEBO EJECUTAR UN PAGARE QUE TIENE A MI CRITERIO 2 INCONVENIENTES:
1) LA FIRMA DEL OBLIGADO NO HA SIDO ACLARADA (por lo tanto deberia completar al lado de la misma con el nombre y apellido del obligado)
2) DONDE SE COLOCA EN LETRAS EL MONTO A PAGARSE, FUE ESCRITO MAL LA PALABARA "QUINIENTOS", la cual fue puesta entre parentesis (), Y A CONTINUACION ASMISMO ENTRE PARENTESIS SE LO ESCRIBIO BIEN., es decir.... CUATRO MIL (QUIENENTOS)(QUINIENTOS)...
que hago en este caso, lo dejo asi, muchas gracias por la ayuda
 #344033  por CARLOSPATRICIO
 
La aclaración de la firma no es necesaria.- Si el obligado firmo, si hay negación de la firma, en la pericia caligráfica va a saltar que la firma es de el, por mas que no sea la habitual.-
En cuanto a la cifra escrita en letras habría que ver el titulo, como se interpreta esa expresión, saludos.-
 #344051  por CARLOSPATRICIO
 
Vélez Sarfield con mucha claridad y acierto en la nota al Art. 3639 del Código Civil referido al testamento ológrafo como acto jurídico particular ha dicho que: "La firma no es la simple escritura que una persona hace de su nombre y apellido, es el nombre escrito de una manera particular, según el modo habitual seguido por la persona en diversos actos sometidos a esa modalidad".
Claro, en la época de Vélez no existían los medios que existen hoy en día para corroborar que la firma es de la persona que la inserto en un instrumento.
La habitualidad a la hora de insertar en un instrumento "ese nombre escrito de manera particular" (utilizando palabras del codificador) era esencial, habida cuenta la falta de medios para determinar que la firma era de la persona a la cual se le imputaba.
Hoy mucha gente cree que si firma de una manera no habitual no va a quedar obligada, pero esto no es así, en la pericia salta que la firma es de la persona a quien se le atribuye
Perdón por haberme explayado tanto, es que cuando me interesa un tema trato de analizarlo a fondo, saludos.-
 #344065  por Master
 
Y lo bien que hacés, CarlosPatricio, porque de estas pequeñas ideas, a veces sueltas en una nota o en un artículo, salen las teorías o los argumentos.
Y si me permitís, yo agregaría algo que alguna vez aprendí en un seminario: El uso del lenguaje, con el cual uno puede informar (p.ej.qué hora es), ordenar, describir, etc. Y cada uno de estos usos (y escribir supone usar lenguaje) se distingue por la intención del que lo usa. Si una persona escribe su nombre, sea como firma usual, modificada, un garabato, un gancho, etc., sabiendo que eso que escribe es una firma y queriendo firmar (conocimiento e intención), ese uso se llama 'operativo' y produce los efectos previstos en cada contexto. Otros ejemplos de este uso: 'Sí, juro', 'Acepto (por esposa)' -con efectos no previsibles, pero cada cual sabrá...- 'Se levanta la sesión', 'Me lo llevo, envuélvalo para regalo'.
Y la firma, por supuesto. Que, de acuerdo a la jurisprudencia actual, no requiere que se parezca a la usualmente utilizada -como dice Vélez- sino que haya sido puesta de puño y letra y sabiendo lo que hacía. Hasta el abuso de firma en blanco implica a una firma que lo era antes de ser abusada.
Y con respecto a la consulta sobre el monto escrito en letras, no se trata de una enmienda no salvada, sino de una aclaración que forma parte del texto. Si se suprime hipotéticamente la palabra mal escrita, el texto está completo y es correcto. Salvo que la jurisprudencia sea muy formalista, el pagaré es válido a mi juicio, y si excepcionan, no creo que una falsedad camine.
 #344099  por CARLOSPATRICIO
 
Coincido con vos, aunque insisto sin el pagare a la vista es dificil dar una respuesta. Yo creo que si el juez (si toca un formalista, y los hay) se pone a ajustar la mira, podria llegar a interpetar que como se trata de una enmienda no salvada Vg: Lo testado no vale (al pie del mismo instrumento por la literalidad) seguida de la firma del obligado cartular, no valdria esa enmienda.-
 #344269  por russo1984
 
muchas gracias a todos por las respuestas suministradas.
pienso que el pagare es válido totalmente, el tema de que falta la aclaración de ultima puedo agregarsela al pagaré o bien dejarla asi.-
y con respecto a la suma expresada en letras, en el hipotetico caso de que esos quinientos no se tomen en cuenta, la ley de pagare dice q en caso de diferencia entre lo escrito en numeros y letras vale lo escrito en letra, y en este caso si se trata de un juez formalista, el pagare valdria por los $4.000.

saludos a todos, y gracias por la ayuda