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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #329788  por yolola
 
Estimados foristas!!
Les hago la siguiente consulta, tengo una jubilacion de un Sr. que no tiene aportes, o sea q seria autonomo puro va por moratoria, lo puedo pedir directamente por internet, pero el tema es que tiene 82 años, hay alguna opcion como para hacer constar que compensa exceso de edad con años de aportes y servicios o solo hay q hacerlo por los años que necesita y se le otorga igual??
De no tener asegurado un buen resultado via internet prefiero solicitar turno y presentarla como las demas... Uds. que creen que es mejor?
 #329796  por Calderons
 
yolola escribió:Estimados foristas!!
Les hago la siguiente consulta, tengo una jubilacion de un Sr. que no tiene aportes, o sea q seria autonomo puro va por moratoria, lo puedo pedir directamente por internet, pero el tema es que tiene 82 años, hay alguna opcion como para hacer constar que compensa exceso de edad con años de aportes y servicios o solo hay q hacerlo por los años que necesita y se le otorga igual??
De no tener asegurado un buen resultado via internet prefiero solicitar turno y presentarla como las demas... Uds. que creen que es mejor?
HOLA, SEGUN MI EXPERIENCIA, SI LO MANDAS POR WEB TE SALE EN MASO MENOS 3 (TRES) MESES, NO HACE FALTA EL ART 19 EN INTERNET LO CALCULAN IGUAL SALUDOS
MARCELO
 #330080  por hugo2
 
yolola escribió:Estimados foristas!!
Les hago la siguiente consulta, tengo una jubilacion de un Sr. que no tiene aportes, o sea q seria autonomo puro va por moratoria, lo puedo pedir directamente por internet, pero el tema es que tiene 82 años, hay alguna opcion como para hacer constar que compensa exceso de edad con años de aportes y servicios o solo hay q hacerlo por los años que necesita y se le otorga igual??
De no tener asegurado un buen resultado via internet prefiero solicitar turno y presentarla como las demas... Uds. que creen que es mejor?
Cuando vas por turno tampoco informas el exceso de edad, el sistema lo toma automaticamente.
 #330195  por mmmm
 
Acuerdense que la jubilacion por edad avanzada no da derecho a pension a la viuda
 #330251  por ISIS
 
mmmm escribió:Acuerdense que la jubilacion por edad avanzada no da derecho a pension a la viuda
Dijo que era por edad avanzada???? me parece que es una ordinaria... :roll:
 #330935  por yolola
 
ISIS escribió:
mmmm escribió:Acuerdense que la jubilacion por edad avanzada no da derecho a pension a la viuda
Dijo que era por edad avanzada???? me parece que es una ordinaria... :roll:
No!!! yo le voy a pedir la Jubilacion ordinaria!!!! alguien a sacado la conclusion de pedirla por edad avanzada teniendo en cuenta que el sr. tiene 82 años, pero creo q es mejor pedirle la ordinaria.-
 #331013  por leandronicolas
 
Tramitala por web y como jubilacion ordinaria, con el exeso de edad que tiene le va a quedar un haber bastante alto. Estan demorando como tres meses en orotgarse y otros tantos en pagar.
 #331582  por yolola
 
fORISTAS LES HAGO UNA PREGUNTA, SOLICITE LA JUBILACION POR INTERNET Y EN NINGUN MOMENTO TUVE QUE COMPLETAR LA SITUACION DE REVISTA QUE LE HICE EN EL SICAM NI EL Nº DE LIQUIDACION Y FECHA DE SICAM ESTO ES ASI??? O LO TENGO Q DAR DE BAJA POR QUE HAY ALGUN ERROR???
 #331593  por mmmm
 
Es asi nomas, hay que poner los datos personales nada mas
 #331971  por yami
 
fijate con el numero de DNI en autopista de servicios, "seguimiento de expedientes" si el tramite te figura ingresado..........
 #332264  por yolola
 
yami escribió:fijate con el numero de DNI en autopista de servicios, "seguimiento de expedientes" si el tramite te figura ingresado..........
No todavia no pero dice que tarda aproximadamente una semana en figurar en "seguimiento de expedientes" asique debere esperar, y si no aparece me caigo y me levanto!!!!!!!! jajaja Esperemos que salga todo bien!!!! Muchas gracias a todos!!!
 #334075  por andrea1982
 
mmmm escribió:Acuerdense que la jubilacion por edad avanzada no da derecho a pension a la viuda
Digo lo mismo que dije en otro topic.

No sé de donde el error generalizado en el foro de que la PEA no genera pensión, releí 20.000 veces la ley, y no sé de donde lo deducen. Como vi que varios foristas afirmaban que así era comencé a dudar, aunque estaba convencida de lo contrario, pero como jamás me dediqué a previsional...
Le consulté a mi mamá y foristas con cierta experiencia (empedocles y lgaray, pa' no llevarme yo el mérito), y el viudo/a tiene derecho a pensión, por más que sea una PEA.

Espero que les sea útil.
 #334088  por lgaray
 
Exacto Andrea, la PEA Si genera derecho a Pensión.

Lo que si hay que tener en cuenta es que una MUJER que COBRA PEA no puede cobrar Pensión,