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  • sicam jubilacion con aportes posteriores a 07/2004

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #325979  por nachope
 
Hola a todos!
La verdad es que ya realicé una consulta sobre este tema pero como no entendí mucho vuelvo a pedir ayuda.

El tema es así:

tengo una jubilación de una sra. que es autónoma, tiene unos pagos realizados desde 11/94 al 06/97, y luego le aparecen unos pagos posteriores al 07/2004, esos pagos que aparecen en la situación de revista y no pueden ser modificados (en este caso tiene aportes autónomos desde 07/2004 al 09/2006).

Aportes autónomo: 11/94 al 06/97 (estos son los que salen en pagos en el Sicam)

En Sit de revista le aparecen años autónomos posteriores a 07/2004 (no los puedo modificar) 07/04 al 09/06.

No tiene aportes en relac. dep.

Nace: 14/11/41
18 años: 14/11/1959
30 años: 14/11/1989

Edad: 67 años 4 meses (al 03/09)
Exceso de edad: 3 años 8 meses

el problema se me presenta cuando quiero hacer el cálculo. Yo sé que como es autónoma pura, sin ningún aporte en relac. de dep. tengo que hacer el cálculo de los años de aporte derecho, sin hacer cortes teniendo en cuenta los meses en que la sra. tiene los pagos autónomos, sé que el sistema sicam directamente depura esos aportes.
Pero se me complica en ver cuántos años tengo que poner en sit. de revista porque como están esos años que no puedo modificar, me modifican el cálculo que yo quiero hacer. Además como la sra. hubiese tenido los 30 años de aportes en el año 89 y estos aportes son posteriores al 2004 no se si los tomo en cuenta para hacer la sit de revista.

La primera pregunta es: Para tomar el beneficio del art. 3 L. 24.476, tengo que tomar en cuenta el cese al 09/2006??? cúantos años puedo poner con el beneficio del art. 1 L. 25321, esto es para saber cuanto puedo renunciar de esos años posteriores al 07/2004 así puedo tomar más años de DDJJ.

La segunda pregunta es la sig.: Cómo hago para realizar, completar la situación de revista para que me de bien el calculo...que hago con esos años posteriores al 07/2004???, porque yo hice el cálculo sin tenerlos en cuenta y por supuesto el cálculo me dió mal, y no se cómo solucionarlo.
 #326012  por hugo2
 
Lo unico que entendi de las preguntas fue lo de la fecha de cese.
La fecha de cese para art. 3 de la 24476 te la da el ultimo pago.
Por el resto yo creo que ni vos entendes lo que queres preguntar.
 #326329  por ISIS
 
Veamos si yo puedo aportar algo mas: :roll:
Para hacer bien el plan nos tendrias que decir que inscripciones le salen: tanto en consulta: datos personales sicam como en anses en "Padron historico de autonomos", una vez que sepamos esto podremos orientarte mejor.
Saludos
 #326825  por celiaEsc
 
Con los años de autónomos que no puedes modificar, porque vienen incorporados al sistema, y en este caso, la sra, puede prescindir de ellos por ley 25321, ya que le sobran para jubilarse tienes que concurrir a la afip a fin de que modifiquen ese período y decir que vas a utilizar la ley 25321.
Cuando uno no está de acuerdo con la situación de revista que marca el sistema, debe concurrir a afip para cualquier cambio. Espero no haberme confundido. saludos