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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #300548  por foros
 
estuve de piola... sin querer anule una solicitud de turno.
perdi todo el retroactivo acumulado, que era mucho
mi intencion era solamente pedir una fecha alternativa.
no es la primera vez que hago el tramite. :mrgreen:
 #300804  por Cristina D.
 
No te entiendo. la fecha de solicitud de turno no te genera el retroactivo.
El retroactivo se genera a partir de la fecha de envio del sicam. Desde ahi empieza a acumular
 #301374  por ALEJANDRA VALLADARES
 
yo creo que si el retroactivo era mucho, el sicam ya tiene otras cuotas vencidas. y caramba, sonaste...
vas a tener que hacer uno nuevo.. 8)
 #301381  por foros
 
Por todo eso lo titule hazaña, ay que rabieta!
El sicam era de diciembre, y el turno tambien, le di tiempo para que depositen los sdm, se acrediten... y en el interin... sone, por no aceptar un turno de primera hora.
Pasaron los 45 dias, etc. la cuota me salvo porque la primera fue el 22/1 y la siguiente no vencio.
Tengo que tener mas cuidado.
 #301465  por ALEJANDRA VALLADARES
 
ok. si la segunda cuota no venció sacá turno urgente, y se respeta la fecha de envío del sicam para el pago del retroactivo.
aún estás a tiempo...
suerte
 #302075  por foros
 
seria fantastico, por supuesto me apure a pedir otro turno.
si sale como decis, festejamos Ale!
 #302573  por DoctorCuervo
 
foros escribió:Por todo eso lo titule hazaña, ay que rabieta!
El sicam era de diciembre, y el turno tambien, le di tiempo para que depositen los sdm, se acrediten... y en el interin... sone, por no aceptar un turno de primera hora.
Pasaron los 45 dias, etc. la cuota me salvo porque la primera fue el 22/1 y la siguiente no vencio.
Tengo que tener mas cuidado.
El cobro del retroactivo a la fecha del Sicam es siempre y cuando entre el calculo (ojo, me refiero a la fecha del calculo, no a la del envio) y la solicitud de turno (ojo, solicitud, no aceptacion del turno) hayan trancurrido menos de 45 dias habiles (y siempre y cuando a esa fecha, la persona cumpla con los requisitos para jubilarse). En cambio, si trancurrio un plazo mayor a ese, se toma el retroactivo desde la fecha de solicitud del turno.
Espero que puedas "engancharte" con el retroactivo desde la fecha del calculo del Sicam.
 #302658  por empedocles
 
Es correcto lo que opina Doctor Cuervo: así se paga el retroactivo, no de la fecha del envío del plan que no es lo mismo que la fecha de liquidación.- La primera no tiene ninguna relevancia.-
 #302722  por silvia Hugo
 
Para vuestra informacion, UDAI Profesionales acepta SICAM con cuotas vencidas, si la primera esta paga es suficiente para ellos, alguien conoce otra UDAI que acepte las mismas condiciones? saluditos a todos!!!
 #302755  por liabaires
 
hola...a raiz de todo este tema de los sdm tuve un par de casos que se alargo el tiempo entre que liquide y envie sicam y el turno.. en udai longchamps me dijeron que con que este paga la primera cuota es suficiente...
 #378998  por foros
 
en este caso el expediente fue de una udai a otra... lo que si, queria compartir, asi como les conte la rabieta, ahora estoy contenta, porque relativamente le dieron rapidito numero de beneficio y con el retroactivo integro.
 #379318  por fabidoc
 
Por ende: no habían pasado 45 días desde que hiciste la liquidación.Otra cosita: son días hábiles.Por eso a veces se confunden en la pérdida del plazo.
 #380164  por foros
 
puede ser que no hayan pasado si se cuentan habiles...
lo interprete que asi como se equivocan en contra, se equivocan a favor...
como sea, ya esta superado, gracias a todos.