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  • JUBILACION DENEGADA, INJUSTICIA!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #241707  por John
 
Hola colegas! las jubilaciones no son mi fuerte, hace un año y ocho meses me cayó un cliente de 84 años con mas de treinta de aportes y con una pensión por viudez. El tema es que hace un mes ANSES me deniega la Jub de este señor xq alega que percibe otro beneficio!!! Sí, una pensión por viudez, el tema que este hombre tiene los aportes completos para jubilarse... ya se que desde octubre del 06 q salio esa famosa Circ. las personas q percibian un beneficio no podían tener otro etc .. El tema es q mi cliente APORTÓ! es un derecho adquirido! y la pensión tb., a mi entender.... Ahora según se, tengo q hacer un reclamo Administrativo una REVOCATORIA. Si alguien tuvo este inconveniente le pido que me de una mano. Alguien tiene un modelo de Revocatoria que me facilite? siempre y cdo. tenga q hacerlo de esta manera. Saludos y espero sus consejos
 #241727  por Lucasberta
 
Hola, a mi parecer no tienen porque denergarle la jubilación si la deuda esta cancelada en su totalidad, es mas cuando uno realiza una liquidación por moratoria ley 24.476 sale un recuadro que dice que si la persona posse otro beneficio la deuda debe ser cancelada en su totalidad para la percepción del beneficio, es decir que la cancelación de la deuda es para que no le suspenda el beneficio que esta tramitando, en ningun caso es motivo para el rechazo.Si no cancela la deuda y tiene pensión le suspenden la percepción de la jubilación, pero no se la rechazan, mas en tu caso que cumple con todos los requisitos.
Tu caso es una gran injusticia, no presentes ningun recurso, solicita un turno de nuevo y volve a presentar todo, ya que entra por la 24.241 y no por moratoria 24.476.
Por lo menos eso es lo que haria en mi caso, mas tratandose de un derecho adquirido.
 #241730  por EDUARDO SUAREZ
 
Te dijeron cualquier cosa.
Si aportó, cual es el criterio para denegarle su jubilación?
Aún si no tuviera aportes y pagara de contado, tiene derecho.
A menos que perciba otro beneficio (provincial, municipal, retiro policial, militar etc)
 #241735  por Daniel58
 
Yo haria lo que propone Lucasberta, trataria de conseguir un turno, claro que esto implica solicitar rechazo del Sicam, y volver a liquidar, pero por Ley 24241, ojo no ley 24476, porque no tiene moratoria.
 #241739  por Lucasberta
 
Los datos están actualizados al 30/09/2008 00:00
Si Uds. percibe algún plan social, pensión graciable o no contributiva, pensión o retiro civil, militar o policial, ya sean nacionales, provinciales o municipales,tenga presente que el pago del beneficio jubilatorio se encuentra ACORDADO CONDICIONALMENTE, sujeto a la cancelación total de la moratoria.

COPIA TEXTUAL DEL RECUADRO QUE SALE EN AUTOPISTA DE SERVICIOS, EN CONSULTA DE EXPEDIENTES.
 #241834  por John
 
Gracias A TODOS por responder, pero mi cliente percibía un PENSIÓN por VIUDEZ y él REALIZÓ TODOS LOS APORTES (LOS 30 AÑOS) , la liquidación esta bien realizada, me la denegaron por estar percibiendo otro beneficio... como si se tratara de una jub sin haber aportado... POR FAVOR, ACONSEJAR Q PASOS DAR, TANTO ADMINISTRATIVAMENTE O JUDICIAL, YA QUE NO SOY DUCHO EN PREVISIONAL ! PLEASE....... SÍ!?
 #241840  por Lucasberta
 
A mi modo de ver, acorta camino desisti de los recursos adm y de la vía judicial, solicita otro turno y volve a presenatr todo de nuevo.
Revisa el sicam para ver si cargaste bien los pagos que hizo esta persona y si aplicaste bien la ddjj.
Aplica la ley 24.241 y no la 24.476.
Si te aprueban esta 2 jubilación tienen que pagarle retroctivo desde el rechazo del primer tramite que presentaste, ya que la persona tiene derecho desde la primera presentación.
 #241845  por VGalbicka
 
Jhon tiene que ser un error.
Algo de lo que decis està mal. Vamos por partes:
¿Tenes la resoluciòn? o una copia?
¿En que UDAI tramita?

Para aclarar las cosas voy a decir que lo que sale en el cartel del SICAM establece que "no se puede pagar la deuda EN CUOTAS" solo eso. Pero por lo que vos decis, ese supuesto no tiene nada que ver con tu caso.

Puede haber un error
 #241855  por Lucasberta
 
Lo que yo te digo es que si una pensionada se puede jubilar pagando la deuda al contado y no en cuotas, a mayor razón, si tu cliente pago todos los aportes(nada por moratoria) no hay motivo para el rechazo de la misma.(como mucho se le pueden suspender el pago que es una cosa distinta a rechazo).
 #241861  por feli07
 
mmmmmh... acá hay algo que no me cierra. Aún en los casos en que la persona cobre pensión e inicia una jubilación con moratoria el beneficio no se deniega, sino que se acuerda y se suspende el beneficio hasta tanto no este saldada de contado la deuda.
Por eso no entiendo porque lo denegaron, me parece raro, si es así no es un ERROR sino un HORROR. No tenés que presentar una reapertura para no perder el retro, presentá una revocatoria o un error material.
Ahora te hago una pregunta: tu cliente 84 años y 30 de aportes y todavía no estaba jubilado??????? :shock: Raro, no? Algo deber haber ahí!!!
 #241871  por John
 
Hola Feli07! mirá no se por que motivo no estaba Jub., yo ni le pregunté en su momento, solo chequeé q era cierto y listo, me dijo q estaba cobrando una pensión por viudez tb lo chequeé, yo creo q no sabía como jubilarse porque es medio campechano y pensaba que al cobrar la pensión no podía ... Bue, el tema es que esperé 1año y 8 meses, y me la denegaron por percibir otro beneficio, los aportes los tiene OK! en la pág. de seguimiento de exptes. de anses me salio jub. denegada, fui a anses en Luján (B) donde vivo, y me salieron con eso de cobrar dos beneficios... yo me los quería comer! va los kería fajar! pero bue, si entrás en líos te tiran todo pa tras... así que salí con un tumor y una úlcera mal ja! En la compu de la UDAI les salio eso de que tenia otro beneficio... Garrón! el tema es que no se que hacer, por un lado se q tengo q terminar la etapa administ y luego la judicial, pero algunos me dicen presenta la jub de vta y no me parece.... yo me tiro por un recurso Administ. (si alguien tiene un modelo COINCIDO si me lo madan) y si no diganme a quien tengo que fusilar jaja.. no en serio, que les parece que haga...
 #241873  por John
 
Aclaro, mi cliente no tiene deuda, 30 años completos de aportes y verificados por ANSES 14 veces....
 #241879  por feli07
 
Los aportes son en relación de dependencia o autónomos?
 #241888  por feli07
 
Te llegó la denegatoria? Si es así por favor copiala así vemos que dice! Si estás a tiempo presentá un recurso de revisión administrativo, te lo tienen que solucionar enseguida. No te puede denegar un beneficio así como así, en la denegatoria tiene que decir en que normativa se basan para tal despropósito. Si no dice nada pedí hablar con el abogado de la udai, con el gerente, con Dios y María Santísima, pero así como lo contás no puede ser!!!!!!!
 #241895  por exclusivoprevisional
 
Me adhiero a los que aseguran que debe haber un error, y casi seguro por desconocimiento de algún empleado, les cuento una cortita, días pasados me presente con una cliente por su jubilación, como esta señora esta pensionada pago de contado los años que no tenia aportes para acceder al beneficio (cobra el 10 de octubre), en el momento que nos atendio la inicializadora ¿saben que le dijo a mi clienta?, por que pago de contado? lo podría pagar en cuotas" saquen ustedes las conclusiones de los conocimientos de muchos empleados del anses. Saludos. Oscar