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  • expropiacion vs. prescripcion veinteañal

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #236248  por SMD8
 
Soy nueva en la profesion y no se que debo hacer en este caso, el tema es que mi cliente quiere hacer la prescripcion de un terreno que ocupa desde el año 80, donde construyo su casa...pero al ingresar el plano que el hizo confeccionar, en catastro, se le niega la aprobacion porque aducen que ese terreno fue expropiado en el año 2002 por vialidad nacional. La obra ya esta aparentemente concluida, es un cruce de rutas donde se depejo el terreno para que haya mayor visibilidad, pero la casa de el no fue tocada y aparentemente no haria falta ya hacer nada...mi pregunta es que puedo hacer ya que lo que este señor quiere es prescribir con los 20 años encontrandose con este obstaculo de la expropiacion ...aunque no haya hecho el juicio en su debido momento en el año 2000 donde todavia no habia ninguna expropiacion, no puede alegar nada ahora?
Puede adquirir el dominio del inmueble, por el solo curso del tiempo, sin que se requiera declaración o reconocimiento alguno por parte de las autoridades judiciales o administrativas o por el contrario si no hizo el juicio de prescripcion perdió y le gano de mano la expropiacion...no se que salida puede haber...alguien por favor que me pueda orientar o darme alguna jurisprudencia.
GRACIAS TOTALES !!!!!!!!!
 #238641  por zulema55
 
MSD:
Lo que podras hacer es solictar, atento a que ya hay un inmueble construido es "exclusión" del inmueble de la expropiación si no es necesario tocar la casa, pero esto como un manotón desesperado. Ahora, al titular de dominio anterior a tu cliente le han notificado y no olvides que la expropiación trae aparejada la indemnización, te recomiendo leer la ley de expropiación y ver el comentario de la misma. Seguro encontras la vuelta. Pero es verdad se te adelantó la expropiación, y aunque tu liente haya tenido un titulo perfecto igual expropian, (indemnizandolo) porque declaran las tierras de utilidad publica. Tambien busca en libros de derecho Administrativo y algun autor de derecho constitucional p.ej. Bidart Campos.
Suerte.
 #238761  por Mordisco
 
Me suena algo turbio, fijate como te dijeron sobre el procedimiento de la expropiación, hipoteticamente algunos tratadista como Borda, Salvat, etc afirman que la usucapion tiene efecto retroactivo, otros por su parte como mariani de vidal dicen que no tiene efectos retroactivos, en el caso de considerarse que tiene efecto retroactivo, se podria atacar esa expropiación por habersele expropiado a una persona distinta de su titular (usucapiente) y solicitar la nulidad de la inscripcion (expropiación) por inexactitud registral, pero dale para adelante con la usucapion y luego solicita la nulidad del asiento registral, y con respecto al plano de usucapion, es necesaria su confeccion solo si la parcela no esta mensura, sino pedi y adjunta una copia del plano de relacionamiento y mensura de ese terreno, y reitero si esta mensura
Sustitución del plano de mensura. - (S/ CCiv.F, 5/12/67, LL 132-1070-S-18.656 y JA 1968-III-43, f. 15.573.)
El plano que exige el inc. b de este artículo tiene por objeto individualizar y ubicar el inmueble a usucapir, por lo que puede ser reemplazado por una copia conformada por el ingeniero jefe de sección del departamento de construcciones de la Municipalidad, o por informes catastrales de los cuales surja que el inmueble se individualiza y ubica en un plano oficial.