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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #198594  por vainillaparedes
 
cuando se completa las SPP ,debo cargar en ella los periodos ampliados los beneficios art 3 24476,lo renunciados no ? disculpen la pregunta es que no tenga mucha idea en el tema ,agradeceria sus respuesta ,saludos

 #198693  por VGalbicka
 
La suma de los periodos en la SPP te tien que dar 30 aunque no es necesario que expliques a que periodos les aplicas beneficios

 #198716  por ANDREA AMADIO
 
me agrego a la consulta.. y el exceso de edad tambien se coloca alli, como? porque sino en algunos casos no se llegaria a 30 años.. Gracias

 #198850  por VGalbicka
 
no, el 19 no se coloca ahi, porque no tiene un "desde y hasta"
Se pone en observaciones.

 #198878  por ANDREA AMADIO
 
Muchas Gracias :D