PaolaPrevi escribió:Marlu:
Pregunta: Lo jubilaste solo con rrdd o con moratoria en cuotas?
En cuanto al empleador, si este hombre cumple con los requisitos de edad y servicios, lo puede intimar a los 65 a jubilarse (tiene que ser por escrito) y a partir d ela intimación tiene 1 año para iniciar y que le salga la jubi.
Si es por moratoria, no cumple con el requisito de aportes, entonces no puede intimarlo a que se jubile.
Se entendió? Es muy tarde ...
Sds
PaolaPrevi: tenia aportes con relacion de dependencia, los ultimos 18 años y le compre por moratoria lo que le faltaba.
Respecto a los requisitos ya los tiene ahora en agosto cumple 66 y no se lo notifico por escrito, fue una conversacion que tuvo con el contador, pero en cualquier momento seguro le llega xq si le advirtio, es xq lo tienen conversado el contador y el empleador.
Clarisimo osea que hasta que termine de pagar la moratoria puede seguir trabajando. Muchas Gracias por tu explicacion, saludos