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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #194091  por AGDA
 
Primero, disculpas por la pregunta. Sé que es un tema trillado y que no amerita la apertura de un post, pero es que no dispongo de tiempo suficiente para buscarlo.

Preciso hacer aportes por 18m en SDM a partir del 4/2000, pero no por la totalidad del importe ($55) sino solo por las contribuciones ($35) conf art. 2º L. 25239 y cito: "Las prestaciones previstas en los incisos a) y b), requieren que por cada mes de servicio se ingresen, cuanto menos la suma de pesos treinta y cinco ($ 35), con destino al Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones."

La consulta es muy concreta: con que form lo pago???

Anticipo algunas respuestas: con el 102 (aportes y contrib obligatorios SDM) no se puede pagar. Si marco 16 o más hs, el monto total es de $55 y los cajeros en el banco no lo pueden modificar (lo verifiqué personalmente en Bco Ciudad y Bco Nación, porque el sistema les carga automáticamente el monto total).

Tampoco quiero marcar la opción entre 12 a 16hs ($39) porque solo $24 del total son en concepto de contribuciones, de manera que no cumpliría los requisitos de la norma antes citada.

La opción es ingresar los $35 mediante form 575 (aportes y contrib voluntarios SDM), pero no sé como hacerlo (que conceptos y subconceptos marco). Alguien me lo indicaría??

Para que se entienda, solo quiero ingresar las contribuciones. Entiendo que los aportes, cuando se pagan períodos viejos, no son necesarios por los mismos van destinados al Regimen Nacional de Seguro de Salud.

Gracias

 #195061  por AGDA
 
Alguna sugerencia :?: ??? Gracias..

 #195387  por AGDA
 
cri cri cri cri :?: Cheee ni que fuera tan dificil, jajaja. A ver quien ayuda???

 #195766  por Amber
 
AGDA escribió:cri cri cri cri :?: Cheee ni que fuera tan dificil, jajaja. A ver quien ayuda???
He leido en varios post que los que abonan $35 despues no salen los pagos en sijp y tienen que completar el resto...estas segura que no va a tener problemas pagando esa suma??? conoces a alguien que le haya salido acordada de esa forma?

 #195801  por EDUARDO SUAREZ
 
Yo pago $20 para SDM con el 102 y salen en el SIJIP.

 #195835  por AGDA
 
EDUARDO SUAREZ escribió:Yo pago $20 para SDM con el 102 y salen en el SIJIP.
Okey pero cúantas horas marcás??? De 6 a menos de 12hs?? Si hacés así, no tengo duda de que salgan lo que no implica que -eventualmente- puedan existir futura reclamaciones por parte de AFIP/ANSES. Han sido muchos quienes han pagado $20 y aparece en SIJP, pero yo apunto a ingresar aportes como si hubiera trabajado más de 16hs, pagando $35 (mínimo de contribuciones según la norma citada) y creo que, omitir, el pago de los $20 restantes (aportes) es ajustado a derecho toda vez que esos $20 van destinados al Sist. Nac de Seguro de Salud, es decir, cobertura de obra social. Considero que no es necesario abonarlo dado que, al pagar períodos viejos, estaría abonando presteaciones no gozadas y ya vencidas, existiendo, en caso de abonarse, un enriquecimeinto sin causa en favor del fisco.

 #195842  por EDUARDO SUAREZ
 
Tenés razón, pero como aparecen en el SIJIP te lo toman.
Por otro lado averigüé con una conocida en AFIP y me dijeron que a los fines previsionales solamente, no reclaman a futuro.

 #195846  por AGDA
 
Amber escribió:
AGDA escribió:cri cri cri cri :?: Cheee ni que fuera tan dificil, jajaja. A ver quien ayuda???
He leido en varios post que los que abonan $35 despues no salen los pagos en sijp y tienen que completar el resto...estas segura que no va a tener problemas pagando esa suma??? conoces a alguien que le haya salido acordada de esa forma?
Amber, como son varios pagos, voy a hacer 1 primero y ver que pasa. No obstante, si aparecen con $20, supongo que con $35 no tendrían que existir problemas. Cierto es que, quienes ingresan $20, ingresan la totalidad de aportes y contribuciones para la categoría "menos de 12hs" y yo estoy tratando de ingresar solo las contribuciones de la cat. "más de 16hs". Como ya expresé, entiendo que a la luz de la normativa, tales pagos ($20) no habilitaría el goce de la jubilación, ¿no sé si coincidís conmigo en el pto.?

Ahora bien, está claro que con F102 no se puede hacer lo que yo pretendo. La opción es ingresar contribuciones voluntarias con el F575, pero no sé como coña completarlo :x Sería cuestión de probar y ver si, de esta forma, aparece o no.

Saludos y gracias por tu aporte

 #195853  por AGDA
 
EDUARDO SUAREZ escribió:Tenés razón, pero como aparecen en el SIJIP te lo toman.
Por otro lado averigüé con una conocida en AFIP y me dijeron que a los fines previsionales solamente, no reclaman a futuro.
EDUARDO, te doy la derecha. En términos grales., me parece bien que no hagan problemas a futuro. Incluso, si se lo medita un poco, no tendría buena prensa que, ANSES/AFIP, comenzara a perseguir viejitos, amenzándoles con suspenderles el beneficio, demandas fiscales, embargos sobre jubilación, por no haber pagado los intereses de SDM o haber ingresado importes muy por debajo del mínimo legal. Yo estimo que eso no va a ocurrir, pero este país es una caja de pandora esperando que cualquier momento de estrecez en las cuentas fiscales sirva de pretexto para hacer incluso aquello mismo que -desde el sentido común- se desaconseja. Varios me han dicho lo que vos y si preciso esa solución le voy a hechar mano. Ahora bien, como mi cliente puede pagarlo y la diferencia entre estar a derecho y no estarlo no es muy grande ($15) tiene que haber uno modo de ingresar esos $35 exclusivamente en concepto de contribuciones. A ello apunto.

Gracias por tu aporte

 #195860  por EDUARDO SUAREZ
 
Si puede pagarlo, para tener seguridad, salvo los intereses,
pagaría $55
Si leyeras lo que pienso en otros post anteriores, y sigo pensando lo mismo, pagar $20 no le darían derecho porque no cumple con las horas semanales mínimas. Y doy el ejemplo de una docente que con 4hs diarias cumple con los requisitos. No así las suplencias temporales de días salteados.
Pero, en la práctica lo toman.

 #196034  por tinito2008
 
Estimados foristas,

El derecho a computar el SDM de $20 a los efectos previsionales lo da la Res 980/05. Respecto a la AFIP, no puede "perseguir" a nuestro cliente, por que no se ingresen los interese, ya que "en teoría" eso es responsabilidad del dador de trabajo y no del trabajador. Saludos,

 #198936  por Dani83
 
AGDA escribió:
EDUARDO SUAREZ escribió:Tenés razón, pero como aparecen en el SIJIP te lo toman.
Por otro lado averigüé con una conocida en AFIP y me dijeron que a los fines previsionales solamente, no reclaman a futuro.
EDUARDO, te doy la derecha. En términos grales., me parece bien que no hagan problemas a futuro. Incluso, si se lo medita un poco, no tendría buena prensa que, ANSES/AFIP, comenzara a perseguir viejitos, amenzándoles con suspenderles el beneficio, demandas fiscales, embargos sobre jubilación, por no haber pagado los intereses de SDM o haber ingresado importes muy por debajo del mínimo legal. Yo estimo que eso no va a ocurrir, pero este país es una caja de pandora esperando que cualquier momento de estrecez en las cuentas fiscales sirva de pretexto para hacer incluso aquello mismo que -desde el sentido común- se desaconseja. Varios me han dicho lo que vos y si preciso esa solución le voy a hechar mano. Ahora bien, como mi cliente puede pagarlo y la diferencia entre estar a derecho y no estarlo no es muy grande ($15) tiene que haber uno modo de ingresar esos $35 exclusivamente en concepto de contribuciones. A ello apunto.

Gracias por tu aporte
La forma para pagar 35$ seria el formulario 575 (nuevo modelo) o me equivoco?