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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #173846  por MARCEJU
 
Mil gracias Adri!!
Te cuento estaba mal cargada la fecha de nacimiento y estaba marcada la moratoria, ademas decia ley aplicable 25994 art. 6, lo cambie y le puse 24476. Esto esta bien o tenia q poner 24241?

Te cuento como lo quedó cargado.
Situación de revista:
04/1958 10/1968 307
01/1971 06/2004 302
07/2004 02/2007 302

Benef.
01/1971 12/1977 Art. 3 Ley 24476
12/1987 06/2004 Art. 1 Ley 25321
07/2004 02/2007 Art. 1 Ley 25321

Esos meses q tiene impagos p prescribirlos los tengo q poner uno por uno en beneficio por ej 03/78 al 03/78 y asi c/mes impago?

Otra vez mil gracias por el aguante, es q me da miedo meter algo mal.

 #173892  por MARCEJU
 
uuuhhh me da $7779 unos intereses altisimos! me parece q voy a tener q prescribirle todo.

 #174315  por MARCEJU
 
Me surgió una duda!! estoy armando la situación de revista sin tomar los pagos hechos, hago asi:
como nació el 15/03/1940 tiene de exceso 8 años y dos meses, entonces
30 - 4 años y 1 mes de exceso me da 25 años y 11 meses pero la duda es si en la situación de revista tengo q descontar los 7 años de art. 3 24476, porq si es asi solo necesito comprar 19 años, 227 meses o pongo los 25 años en sit de revista y despues pongo el mismo periodo en benef.
Puse asi,
Situación de revista 12/1958 a 12/1977
01/1978 a 02/2007
Benef
01/1978 a 02/2007 Art 1 25321
01/1971 a 12/1977 art. 3 24476

Ayudaaaaaaaaaaa!!!

 #174349  por norma_alfamar
 
MARCEJU escribió:Ante todo muchas gracias por responder!
De la consulta de pagos surge q todos estan pagados fuera de termino, creo haber entendido q debian estar pagados por ej el mes 1 del 1 a 7 de ese mismo mas para no generar interes.
En este caso por ejem dice:
Periodo desde Periodo hasta fecha deposito
01/1978 02/1978 15/03/1978

Todos fueron pagados mas o menos de esta forma.
Entonces q me conviene hacer prescribirlos todos y pagar todo por moratoria descontando el exceso de edad y los años de ddjj o tengo en cuenta los pagos hechos.

Me metí en el sicam y tenia cargada una liq del 2005. El q lo hizo puso
02/1961 a 01/1978 cat 302

MIRA, YO CREO QUE VOS DECIS MONOTRIBUTO PERO SI PAGO DOS MESES JUNTOS COMO EL EJEMPLO NO ES MONOTRIBUTO, SINO AUTONOMO Y ESTARIA PAGADO EN FECHA YA QUE VENCE EL 15 DE CADA MES.-
YO PERSONALMENTE LO QUE HARIA ES:
1) BORRAR TODO EL SICAM QUE LE HABIAN HECHO.-
2) LUEGO PONE LA SITUACION DE REVISTA TAL CUAL COMO FIGURA EN EL HISTORIAL DE AUTONOMOS CON LA CATEGORIA QUE DICE AHI Y CALCULA LA DEUDA.-
3) FIJATE DEBAJO DEL CUADRO QUE LIQUIDA LA DEUDA QUE HAY UN CARTELITO QUE DICE "DETALLE DE DEUDA", IMPRIMILO (LO TENES QUE IMPRIMIR EN FORMA APAISADA Y AHI TE VAS A DAR CUENTA LO QUE SALE EN CERO Y LO QUE TIENE DEUDA.-
DESPUES QUE HAGAS ESO SI QUERES ESCRIBIME EL INFORME COMO TE SALIO Y TE DIGO COMO SEGUIR.-
SUERTE NORMA (norma_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar)

02/1978 a 07/2005 cat 302 Benef 01/1987 a 7/2005 art. 1 ley 25321

Esto significa q iba a prescribir todos los pagos hechos??

Hasta ahora los sicam q hice eran re faciles solo tenia q comprar años, ahora con esto me siento re perdida y tengo miedo de hacer lio, aunq se q es la forma de aprender.

Muchas gracias!!
Marce
 #174350  por norma_alfamar
 
MARCEJU escribió:Ante todo muchas gracias por responder!
De la consulta de pagos surge q todos estan pagados fuera de termino, creo haber entendido q debian estar pagados por ej el mes 1 del 1 a 7 de ese mismo mas para no generar interes.
En este caso por ejem dice:
Periodo desde Periodo hasta fecha deposito
01/1978 02/1978 15/03/1978

Todos fueron pagados mas o menos de esta forma.
Entonces q me conviene hacer prescribirlos todos y pagar todo por moratoria descontando el exceso de edad y los años de ddjj o tengo en cuenta los pagos hechos.

Me metí en el sicam y tenia cargada una liq del 2005. El q lo hizo puso
02/1961 a 01/1978 cat 302

MIRA, YO CREO QUE VOS DECIS MONOTRIBUTO PERO SI PAGO DOS MESES JUNTOS COMO EL EJEMPLO NO ES MONOTRIBUTO, SINO AUTONOMO Y ESTARIA PAGADO EN FECHA YA QUE VENCE EL 15 DE CADA MES.-
YO PERSONALMENTE LO QUE HARIA ES:
1) BORRAR TODO EL SICAM QUE LE HABIAN HECHO.-
2) LUEGO PONE LA SITUACION DE REVISTA TAL CUAL COMO FIGURA EN EL HISTORIAL DE AUTONOMOS CON LA CATEGORIA QUE DICE AHI Y CALCULA LA DEUDA.-
3) FIJATE DEBAJO DEL CUADRO QUE LIQUIDA LA DEUDA QUE HAY UN CARTELITO QUE DICE "DETALLE DE DEUDA", IMPRIMILO (LO TENES QUE IMPRIMIR EN FORMA APAISADA Y AHI TE VAS A DAR CUENTA LO QUE SALE EN CERO Y LO QUE TIENE DEUDA.-
DESPUES QUE HAGAS ESO SI QUERES ESCRIBIME EL INFORME COMO TE SALIO Y TE DIGO COMO SEGUIR.-
SUERTE NORMA (norma_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar)

02/1978 a 07/2005 cat 302 Benef 01/1987 a 7/2005 art. 1 ley 25321

Esto significa q iba a prescribir todos los pagos hechos??

Hasta ahora los sicam q hice eran re faciles solo tenia q comprar años, ahora con esto me siento re perdida y tengo miedo de hacer lio, aunq se q es la forma de aprender.

Muchas gracias!!
Marce

 #174390  por MARCEJU
 
Gracias Norma!!
Llegue a deuda cero!!! no tengo idea como hice, pero me da cero.
Les cuento q puse:
Situacion de revista:
04/1958 10/1968 307
01/1971 06/2004 302
07/2004 02/2007 302

Benef:
01/1971 12/1977 Art. 3 Ley 24476
03/1978 03/1978 Art. 1 Ley 25321
05/1978 05/1978 Art. 1 Ley 25321
06/1978 06/1978 Art. 1 Ley 25321
01/1982 01/1982 Art. 1 Ley 25321
03/1982 03/1982 Art. 1 Ley 25321
07/1982 07/1982 Art. 1 Ley 25321
07/1984 07/1984 Art. 1 Ley 25321
04/1986 04/1986 Art. 1 Ley 25321
08/1986 08/1986 Art. 1 Ley 25321
10/1987 10/1987 Art. 1 Ley 25321

12/1987 06/2004 Art. 1 Ley 25321
07/2004 02/2007 Art. 1 Ley 25321

Lo q está en negrita son los meses q tenia impagos q le prescribi y tambien le prescribi desde el ultimo pago en adelante.
Está bien asi??
 #174454  por adriana
 
Hola,marceju, SI, cambia a ley 24476, desmarca la moratoria de 1979, y renuncia por art.1 ley 25321, a todos los periodos impagos que te generen deuda fuera del 93...
y si te sobran como me decis en el 1978, y podes tambien??? igual el monto por que te parece mucho???
lo vas a hacer n 60 cuotas??? de cuanto??
hablamos
adri

 #174509  por MARCEJU
 
Adri, antes no habia prescripto los meses impagos, en el ultimo sicam prescribi los impagos no todos, es como puse en negrita.
Antes me habia equivocado, me daba alto porq no habia prescripto los impagos.
Ahora me da deuda cero antes me daba como 7900 y el tema es q ella cobra una pensión entonces si lo paga en cuotas recien ahi va a poder cobrar la jubi entonces la idea es q pague poco y de contado p poder cobrar la jubi.

Entonces si me da deuda cero q tiene q pagar??

 #174981  por MARCEJU
 
Cambié el sicam, a ver
En datos personales aparece:

Historia de categoria
Categoría D 02/1978 06/1980 302 Autonomo
Categoría A 07/1980 12/1986 302 Autonomo
Categoría B 01/1987 04/1998 302 Autonomo
Periodos no prescriptos
Categoría B 05/1998 02/2007 302 Autonomo

En base a eso ahora arme el sicam asi

Situación de revista

04/1968 01/1978 307
02/1978 06/2004 302
07/2004 02/2007 302


Benef

01/1971 12/1977 Art. 3 Ley 24476
03/1978 03/1978 Art. 1 Ley 25321
05/1978 05/1978 Art. 1 Ley 25321
06/1978 06/1978 Art. 1 Ley 25321
01/1982 01/1982 Art. 1 Ley 25321
03/1982 03/1982 Art. 1 Ley 25321
07/1982 07/1982 Art. 1 Ley 25321
07/1984 07/1984 Art. 1 Ley 25321
04/1986 04/1986 Art. 1 Ley 25321
08/1986 08/1986 Art. 1 Ley 25321
10/1987 10/1987 Art. 1 Ley 25321
12/1987 06/2004 Art. 1 Ley 25321
07/2004 02/2007 Art. 1 Ley 25321


Lo q no se es si el primer periodo q puse (4/68 a 01/1978) tiene q ir ahi en sicam I o lo tengo q poner en ampliación.
No termino de entender q es eso de la ampliación y en q caso se usa

Asi como lo hice me da deuda cero, estoy q significa?? q no tiene q pagar nada?? lo habré hecho bien??
 #175090  por adriana
 
Hola, buenisimo , si te da deuda 0... cargando lo que cargaste desde el 68 te sigue dando deuda 0?¿???...
mira, con respecto a la ampliaciòn, hay mucha gente que ya no amplia y lo hace todo en sicam 1... yo trato de guiarme por llo que existe y en base a eso amplio...
pero me da una duda, vos amplias desde el 04-68 al 01-71 o lo cargas todo en situaciòn de revista origeinal...
por lo que decis lo cargas todo en sicam 1... y si asi no te da deuda bienvenido sea... debe ser po lor beneficios...
tenes que tener en cuenta que los meneficios se aplican en sicam 1 siempre, ya que en la ampliaciòn no te da opciòn a cargar beneficios...
cualquier cosa decime, y lo vemos...
suerte
adri

 #175214  por MARCEJU
 
Adri, asi tambien me da cero, desde 04/1968 a 01/1978 son los 117 meses q necesitaba p completar. Lo puse todo en el sicam I pero no se porq me da cero, si el benef lo aplico en 01/1971 a 12/1977 no tendria q haber generado algo p pagar desde 05/68 al 12/70??
Ahora, habiendome dado cero igual tengo q enviar el plan, no? aunq no haya nada p pagar??
Tengo q pedir turno en anses? porq creo q ya no se manda mas por internet. Si pido turno tengo q llevar las boletas de pago hechas?
ahh prometo q es la ultima pregunta!!.... aparece mal el apellido en la pag de afip, tiene q ir a arreglarlo haya personalmente, no??

 #175346  por Amber
 
MARCEJU escribió:Adri, asi tambien me da cero, desde 04/1968 a 01/1978 son los 117 meses q necesitaba p completar. Lo puse todo en el sicam I pero no se porq me da cero, si el benef lo aplico en 01/1971 a 12/1977 no tendria q haber generado algo p pagar desde 05/68 al 12/70??
Ahora, habiendome dado cero igual tengo q enviar el plan, no? aunq no haya nada p pagar??
Si el plan te da deuda 0 no se envia, se imprimen los 558 y detalle de deuda...
Tengo q pedir turno en anses? porq creo q ya no se manda mas por internet. Si pido turno tengo q llevar las boletas de pago hechas?
ahh prometo q es la ultima pregunta!!.... aparece mal el apellido en la pag de afip, tiene q ir a arreglarlo haya personalmente, no??
Si hay que pedir turno.

 #175424  por MARCEJU
 
ahh ok, pero tiene mal el apellido en la pag. de afip es necesario q vaya a arreglarlo en afip, no?

 #175498  por Amber
 
MARCEJU escribió:ahh ok, pero tiene mal el apellido en la pag. de afip es necesario q vaya a arreglarlo en afip, no?
si

 #176168  por MARCEJU
 
Me quedó una duda. En la situación de revista se incluyen los 7 años de ddjj q despues pongo en el benef? porq si es asi entonces es eso lo q me esta faltando agregar.