Estimados colegas y amigos del foro; esta es mi duda:
Jubilacion de una mujer nacida el 10/03/1948.
Situacion de Revista : 04/1966 a 09/1993 Cat. 307
SDM : 04/2000 a 10/2002
El problema radica que estuvo inscripta en autonomos hasta el 02/2007 y esto figura en Sicam desde el 07/2004 a 02/2007 y no se puede modificar.
¿ la duda seria la siguiente : al prescribir la deuda del 07/2004 al 02/2007 con el art. 1 de la ley 25.321 tengo que tomar fecha de cese en 2007 y solo puedo usar un año de DDJJ o puedo tomar el cese al 10/2002 de SDM y usar 3 años de DDJJ ? Gracias y espero sus opiniones. Diego

Jubilacion de una mujer nacida el 10/03/1948.
Situacion de Revista : 04/1966 a 09/1993 Cat. 307
SDM : 04/2000 a 10/2002
El problema radica que estuvo inscripta en autonomos hasta el 02/2007 y esto figura en Sicam desde el 07/2004 a 02/2007 y no se puede modificar.
¿ la duda seria la siguiente : al prescribir la deuda del 07/2004 al 02/2007 con el art. 1 de la ley 25.321 tengo que tomar fecha de cese en 2007 y solo puedo usar un año de DDJJ o puedo tomar el cese al 10/2002 de SDM y usar 3 años de DDJJ ? Gracias y espero sus opiniones. Diego
