Por favor tengo una duda. La madre de mi cliente residía en Mexico, lugar donde falleció, dejándole como único bien un depto en Buenos Aires, la pregunta es ¿puedo iniciar el juicio sucesorio en Buenos Aires?
Sí, podés iniciar la sucesión acá en Buenos Aires respecto de ese bien. Es lo que establece el art. 2643 del CCyC (solo respecto de ese inmueble situado en el país). Y se aplica respecto del mismo el derecho argentino (art. 2644, CCyC).