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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1473554  por ClaudioFer
 
No exagere, DrAlonso. No le va a pasar nada de lo que anuncia. El caso es exactamente el mismo si el reclamo es mediante una acción por responsabilidad civil que a través de una denuncia ante el colegio profesional de que se trate (en este caso, de la PBA). La consultante obró como legalmente debía y con lealtad. No tiene obligación de rastrear por todo el planeta dónde se esconde su cliente, a quien le correspondía denunciar su nuevo domicilio real, si es cierto que se mudó. Quien no es obra con lealtad y buena fe es el cliente rata que se esconde porque cree que su abogada le va a reclamar algún pago. No puede denunciar nada alegando su propio obrar contrario a derecho. Es como si un ladrón pretendiera patalear por que su cómplice le robó lo que han robado. Tema terminado, ya que la propia consultante lo dio por concluido. Saludos.