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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #137022  por celeste diaz
 
Estimados, en su oportunidad les conté que tengo un primer cliente para jubilar. Ahora tengo más datos y me gustaría si es posible me orienten un poco:
El Sr. nació 26/11/1940.
Trabajo en la Pcia de Misiones como personal de policia, alrededor de 11 años, de lo cual me trajo la documentación, sin embargo resolvieron que no reunia los requisitos del art 94 inc B y C de la ley 21.965 del personal de policía.(entiendo que la caja de la policía no le reconoce estos servicios por no cumplir con esos requisitos). Quien sabe algo sobre esto, por favor ayudeme. Alli trabajo desde el 1/03/59 al 10/05/70.
Ademas trabajo:
01/11/82 al 01/07/86, 3 años 9 meses, de los cuales aparecen en su historial de aportes 11/82 al 12/85. Para lo cual pense aplicar la resol 10/07.
01/09/90 al 31/05/94, 3 años 9 meses, y en sus haberes solo aparecen del 09/90 al 12/92, tamb aplicaria resol 10/07.
01/01/95 al 31/03/95 3 meses, aparecen en su historial
01/03/95 al 31/07/96 aparecen tamb
01/11/96 al 31/06/98 tamb aparece
01/07/98 al 31/02/00 tamb aparece.
en dos casos fue despedido.
Quisiera que me ayuden a armar esta jubilación. Seguramente tengo q comprar algunos años, por DJ puedo ganar 2 años, y por excedente de edad 1 año. Pero nose que pasa con lo de la policia.
Muchas gracias a todos por ayudarme. saludos

 #137273  por VGalbicka
 
-Al día de hoy 1/4/2008 tiene por art 19______ 1 año y 2 meses.
-Policía es otra caja, averigua bien porque son muchos años….llama al ministerio del interior. Pero si ya tenes una resolución negativa, lo raro es que lo dejen trabajar 11 años ¿Vos viste la resolución?
-De los trabajos que lo despidieron ¿Cobró fondo de desempleo?...Porque también de ahí se deducen aportes que son computables para la jubilación.
-La DDJJ si termino en el 2000 son 4 años mepa.

 #137353  por celeste diaz
 
Gracias por la información. Me surje una pregunta, el hombre al 31/12/04 tenía 64 años es posible q entre en la moratoria?. Gracias y voy averiguar lo de la caja de la policía y si cobro seguro de desempleo. Pero la resolución ya la ví y dice claramente que no cumple con los requisitos y por lo tanto no le reconocen los servicios. Saludos.

 #137362  por andrea1982
 
Podés pagar en la moratoria desde que cumplió 18 años a septiembre de 1993. No se que tiene que ver la edad que tenía en el 2004..

 #137371  por celeste diaz
 
Ya averigue en la Caja, y el Sr. ya esta cobrando un beneficio mínimo.

 #137491  por VGalbicka
 
jajajajja siempre se guardan un secretito son terriblessssssssssss

 #139444  por celeste diaz
 
Hola nuevamente! bueno necesariamente para jubilar a este señor va tener que optar por el plan de la moratoria, para eso voy a tener que armar el sicam, verdad?. Además el señor tiene que ir a inscribirse a la Afip, no?, me asesoran sobre este tema, porque nuevamente les recuerdo que soy principiante en esta área del derecho. Les agredezco muchísimo!!!