Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ejecución de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1045569  por Mer06
 
Hola colegas, es la primera ejecución de honorarios en pcia. de Bs As. que hago. Ya tengo el embargo preventivo de los haberes, en este caso es un jubilado, que anses le retiene y deposita en la cuenta judicial. Van 2 meses, aun no se termino de cubrir los honorarios mas gastos del juicio.
Mi pregunta es como debería seguir:
Tengo que esperar que se termine de depositar todo para pedir sentencia?
Pido se dicte sentencia y después acompaño liquidación así cuento también los honorarios regulados en la ejecución de honorarios o primero tendría que acompañar una liquidación, para pedir se dicte sentencia y después de la sentencia una nueva liquidación incluyendo los nuevos honorarios.
Luego solicito se libre cheque a mi favor?
Disculpen si mis preguntas son obvias pero leí la ley y quede algo confundida.-
Saludos y gracias, espero su respuesta.-