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 #10931  por sebi321
 
hola gente!!! quiero que acesoren, estoy trabajando en una empresa constructora mi oficio es el de AMOLADOR y hace unos dias sufri un accidente en la columna, fui al medico y ahora estoy en tratamiento y me dijo que capaz que ya no pueda hacer mas ese tipo de trabajo y queria saber si la empresa se hace responsable de lo que me paso.. eso es todo un abrazo para todos bye. espero su respuesta
gracias
 #11956  por esoj2201
 
es responsable la ART que contrato tu empresa, caso contrario responde el empleador. tenes derecho a una recategorización laboral.
en cuanto al reclamo por indemnización podes optar ir por la ley 24557 de indem tarifada o por el 1113 del CC reparación integral.
 #12335  por gustavo
 
hola:
te cuento, tu empleador tiene que tener una art que se hara cargo de la prestacion medica , como asi tambien de las prestaciones dinerarias.
ya desde que se declaro la inconstitucionalidad de la ley 24557 que la de art, los reclamos pasan por la art y el empleador , ya que las indemnizaciones de la art son muy bajas.
si te puedo ayudar escribime. estudiorm.PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

un abrazo

 #12375  por Rodrigo de Borbón
 
Seguro que estás protegido por Ley. Si tu empleador tiene ART, es ella quien lo cubre. Lo que pasa es que seguro van a decir que tu problema es inculpable, es decir que tenías problemas antes de trabajar y que, de sufrir alguna incapacidad, no es responsabilidad de la ART. Espero que te salgo todo bien, si no,tendrás que impugnar el dictamen de la ART, ir a un médico laboralista para que te fije tu grado de incapacidad y, como te dijo el colega, que te cambien de función o bien te reconozcan lo que por ley te corresponde o iniciar juicio. Si no tiene ART, el empleador es responsable. Si no cumplía con las normas de seguridad, también lo es, civilmente hablando. Para que le den curso a la vía civil, respecto del monto de la indemnización, tiene que haber una marcada diferencia enre lo que te correspondería por la LRT y lo que te da un reclamo civil. Al menos un 33%.Si no, cursa la indemnización tarifada de la LRT. Suerte.-