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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #92174  por MG
 
DUDA SOBRE INGRESOS BRUTOS:

Si el impuesto a los ingresos brutos tributa las ganancias provenientes de la actividad de la persona: -¿que sucede cuando se trata de prestacion de servicios y la persona no ha obtenido ninguna ganancia desde que diera, hace un tiempo, el alta al impuesto en Rentas?,
-¿que sucede si no ha presentado ninguna declaracion jurada en el sentido de no haber obtenido hasta el momento ganancia alguna?,
-¿puede esta persona estar en mora, si no ha obtenido ganancias?,
-¿es sancionable desde lo administrativo la falta de presentacion de declaracion jurada de ganancias cero?.

-En definitiva: ¿ES OBLIGATORIO PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS DE GANANCIAS CERO?, EN CASO DE NO PRESENTARLAS, ¿CUAL SERIA LA SANCION PARA EL CONTRIBUYENTE INSCRIPTO AL IMPUESTO DE LOS INGRESOS BRUTOS?.

Gracias por la respuesta.
 #92192  por estudiante23
 
Si sos de la provincia de Bs As te cuento que la alicuota de ingresos Brutos se aplica como su palabra lo dice a los Ingresos Brutos que tengas.
Si no tuviste movimiento, es decir si durante el mes -cuando se trata de contribuyente mensual- no facturaste nada, o durante todo un bimestre -caso del contribuyente bimestral- no facturaste. Tus ingresos Brutos seran cero y deberas presentar la DDJJ en cero. La no presentacion de DDJJ es pasible de multa, porque estas incumpliendo con una obligacion tributaria formal. Si no te intimaron presenta las declaraciones juradas correspondientes en cero.
SI trabajas con bancos, cta cte o caja de ahorro es necesario que la informacion por vos suministrada en la declaracion jurada sea coincidente, ya que si la presentas en cero. puede que por el cruce de informacion te determinen el impuesto de oficio.
saludos y espero que te sirva

 #92261  por MORGAN
 
Exacto tenes que presentar las declaraciones juradas igual porque hay incumplimiento formal el Cod. Fiscal de la Pcia de baires es de terror.
Consegui el aplicativo instalalo en la pc y haces la declaraciones por la web, imprimi tu correspondiente comprobante, con o sin pago, cuando tengas que pagar, imprimi por duplicado vas al banco y pagas.
 #92299  por borshis
 
Aunque no hayas tenido ingresos tenés que presentar las DDJJ en cero, al menos en Convenio Multilateral.
Si no las presentás, en cualquier momento, cuando se den cuenta en Rentas, te van a mandar una cédula de intimación.
Suelen establecer multas.
MG escribió:DUDA SOBRE INGRESOS BRUTOS:

Si el impuesto a los ingresos brutos tributa las ganancias provenientes de la actividad de la persona: -¿que sucede cuando se trata de prestacion de servicios y la persona no ha obtenido ninguna ganancia desde que diera, hace un tiempo, el alta al impuesto en Rentas?,
-¿que sucede si no ha presentado ninguna declaracion jurada en el sentido de no haber obtenido hasta el momento ganancia alguna?,
-¿puede esta persona estar en mora, si no ha obtenido ganancias?,
-¿es sancionable desde lo administrativo la falta de presentacion de declaracion jurada de ganancias cero?.

-En definitiva: ¿ES OBLIGATORIO PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS DE GANANCIAS CERO?, EN CASO DE NO PRESENTARLAS, ¿CUAL SERIA LA SANCION PARA EL CONTRIBUYENTE INSCRIPTO AL IMPUESTO DE LOS INGRESOS BRUTOS?.

Gracias por la respuesta.

IB

 #92617  por MG
 
Gracias por las respuestas.

 #92620  por dariocmendez
 
Ya que estamos con los Ingresos Brutos pregunto. Primero y principal estoy en provincia de Buenos Aires y he estado realizando algunos trabajos como Defensor de Pobres y Ausentes sorteado por el Juzgado de Paz local.
Este servicio que es gratuito para el cliente me es remunerado al final del proceso por la Provincia. En estos procesos no se paga tasa de justicia ni bono ni ius ni sobretasa.

La pregunta es ¿cuando reciba los honorarios al final del proceso, estos honorarios tributan ingresos brutos o no?

Y otra pregunta hasta ahora no he cobrado honorarios en forma particular pero he hecho la declaracion jurada bimestral como corresponde pero mencionando cero ingresos. ¿Es cierto que Rentas tolera solo un cierto numero de declaraciones juradas con cero ingresos?

Gracias como siempre


Darío
 #94527  por GALLEGO22
 
Primero y principal estoy en provincia de Buenos Aires y he estado realizando algunos trabajos como Defensor de Pobres y Ausentes sorteado por el Juzgado de Paz local.
Este servicio que es gratuito para el cliente me es remunerado al final del proceso por la Provincia. En estos procesos no se paga tasa de justicia ni bono ni ius ni sobretasa.
La pregunta es ¿cuando reciba los honorarios al final del proceso, estos Honorarios tributan ingresos brutos o no? (1)
Y otra pregunta hasta ahora no he cobrado honorarios en forma particular pero he hecho la declaracion jurada bimestral como corresponde pero mencionando cero ingresos. ¿Es cierto que Rentas tolera solo un cierto numero de declaraciones juradas con cero ingresos? (2)
Darío[/quote]

(1) Tributa porque encuadra en el objeto del impuesto. Actividad habitual a título oneroso.

(2) Podes presentar en cero todas las DDJJ que quieras. Lo que ocurre es que si Rentas tiene indicios acerca que percibis ingresos gravados despues de 6 períodos te puede intimar a que pagues lo que ellos estiman, sin realizar determinación de oficio. (un disparate)

Saludos.

 #94593  por MORGAN
 
Si pagás igual.
 #1208498  por olimpia
 
[quote=MORGAN post_id=92261 time=1200079363 user_id=8158]
Exacto tenes que presentar las declaraciones juradas igual porque hay incumplimiento formal el Cod. Fiscal de la Pcia de baires es de terror.
Consegui el aplicativo instalalo en la pc y haces la declaraciones por la web, imprimi tu correspondiente comprobante, con o sin pago, cuando tengas que pagar, imprimi por duplicado vas al banco y pagas.
[/quote]

Hola gente:

En el año 2016 realice la presentación de DJ de internet que adjunto y ahora me intiman por falta de presentación de declaración jurada. No tiendo y como no se nada de tributario estoy más pérdida que perro en cancha de bocha. Les pido ayuda podrían ayudarme, por favor.
Gracias

SIFERE CONVENIO MULTILATERAL
Formulario: 5866 v400 -
CM PRESENTACION Y PAGO CUIT: 20-............-2, Impuesto: 5825 - CM GCBA
Concepto: 19 - OBLIGACION MENSUAL/ANUAL
Subconcepto: 19 - OBLIGACION MENSUAL/ANUAL
Período: 2016-04
Nro. verificador: 152422
Cantidad de registros: 18Fecha de Presentación: 2016-04-12 Hora: 15:44:47
Nro. de Transacción: 476954901
Código de Control: 6gG1IF
Usuario autenticado por: AFIP (ClaveFiscal)

Verificador de integridad (algorítmo MD5)
[af423a936a10f5aa9f404836b8c10773

Conserve este Acuse de Recibo como comprobante de presentación
 #1208532  por EstudioContableGS
 
Abril vence en Mayo.

La presentaste en Abril.

No le habrás errado al mes?

Sin ver la intimacion no se puede verificar si la DDJJ presentada es la correcta.

Saludos.
 #1208762  por olimpia
 
Hola:

Intiman por falta de presentación de DJ de ISIB, de los periódos de:
2013 08-09-10-11-12
2014 01-02-03-04-05-06-07-08-09-10-11-12
2015 01-02-03-04-05-06-07-08-09-10-11-12
2016 01-02-03

No hubo actividad por lo tanto todo fue 0000
Y presente en el 2016 en mayo lo siguiente
SIFERE CONVENIO MULTILATERAL
Formulario: 5866 v400 -
CM PRESENTACION Y PAGO CUIT: 20-............-2, Impuesto: 5825 - CM GCBA
Concepto: 19 - OBLIGACION MENSUAL/ANUAL
Subconcepto: 19 - OBLIGACION MENSUAL/ANUAL
Período: 2016-04
Nro. verificador: 152422
Cantidad de registros: 18
Fecha de Presentación: 2016-04-12 Hora: 15:44:47
Nro. de Transacción: 476954901
Código de Control: 6gG1IF
Usuario autenticado por: AFIP (ClaveFiscal)

Verificador de integridad (algorítmo MD5)
[af423a936a10f5aa9f404836b8c10773

Conserve este Acuse de Recibo como comprobante de presentación

No sé lo que quieren ahora?????
 #1208772  por EstudioContableGS
 
Vos estás diciendo que nunca tuviste actividad y todos los meses están presentados en cero, o que sólamente presentaste la de Abril 2016?

ARBA lo que te está diciendo es que desde Marzo 2016 para atrás no tenés nada presentado y eso tenés que regularizar.

En caso que lo tengas presentado (o si no lo tenés con más razón) te asesores con un Profesional y no por el foro, para ver tu caso en detalle.

Saludos.