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 #1142779  por DrJuanCe
 
Colegas, buenos días. Tengo una duda respecto a si quedó o no expedita la vía judicial.
Les comento que se presenta un cliente al que le llegó la cédula de notificación para presentarse a la audiencia del 639 CPCyCN (es decir, la de alimentos). Estoy respondiendo todo lo que me permite el código procesal, pero más allá de eso tengo una duda: ésta persona había sido citada en el mes de diciembre del año pasado a una mediación prejudicial obligatoria, el tema es que recibió el primer aviso de visita del correo Andreani, en el cual se informó que el cartero iba a pasar en una segunda oportunidad, lo que, al menos según me juró mi cliente, nunca sucedió. En ese único aviso que le dejaron figuraban la sucursal y la dirección de la misma, pero de acuerdo a lo que dejó marcado el empleado del correo, el requerido no tenía que acercarse (mas allá de que bien podría haberlo hecho) a dicha sucursal, sino que debía esperar la 2a visita, lo que nunca ocurrió. Bueno, el tema, como surge del principio de mi mensaje, es que ahora le fue notificada la demanda de alimentos y todavía no logro estar seguro de si quedó o no expedita la vía judicial.
Aguardo sus respuestas.
Gracias.