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 #1121636  por Marielmad
 
Hola colegas! tengo q iniciar una usucapión en Pcia de Bs as y con la demanda lista, me acabo de enterar q hay mediación previa obligatoria. El problema es que quien figura como titular de los inmuebles falleció. En la demanda puse que se pidan los informes del art. 681 del CPCC a fin de averiguar el ultimo domicilio del demandado, pero ahora que tengo q iniciar mediación no se como encararlo...ayuda por favorr!!
 #1122797  por berlin1974
 
En pcia de Bs. As. hay muchos fallos que han determinado que no es obligatoria la mediación previa en los juicios de usucapión, busca jurisprudencia y vas a encontrar bastante en internet.
Si no querés ir por ese lado, inicia una diligencia preliminar para averiguar los domicilios. Si sabes que el titular registral falleció, yo solicitaría además informes para ver si tramitó sucesión, si tiene forzosos, los domicilios de estos, es fin todo lo necesario para entablar correctamente la demanda y evitar cualquier nulidad
 #1126207  por flux
 
Yo iria directo por la inconstitucionalidad, la mediacion en la usucapion es la boludez mas grande que ha habido (dueño dice "la casa es mia", ocupa dice "vos la dejaste tirada por 20 años!", luego: "es mia igual, no te la voy a regalar!", "yo pague los impuestos!", "peo igual es mia, jodete por colarte!", etc; no hay acuerdo).

Y en la misma demanda mencionaria que el titular esta fallecido, y pediria informes a registros para constatar el fallecimiento, si hay sucesion iniciada, y en caso de que no, notificar presuntos herederos por edictos
 #1131275  por Santina87
 
Entonces, me encuentro en el mismo problema. Tengo q iniciar en Pcia. Algunos titulares de dominio viven y otros fallecidos..otro en un geriátrico.. Encaró directamente demanda?? Y ofrezco oficios para determinar los domicilios...? Y debo demás conseguir todas de defunción y averiguar x oficios a juicios universales x posible sucesorio iniciado x los fallecidos?
Que complicado esto de la mediación..
 #1131642  por flux
 
La usucapion nunca debio estar metida en la mediacion, igual que tampoco la revindicacion tiene que ser incluida, ambas tenian que ser consideradas excepciones como lo es el desalojo

Pero algun iluminado retardado que no toco un expediente en su vida habra tenido la feliz idea de considerar que "y si juntamos a las partes para ver que onda, capaz se evita el juicio"..., y puso la usucapion y la revindicacion como incluidas en la mediacion

Para la proxima que hagan una ley de mediacion previa a la denuncia penal como forma de ver si realmente la gente quiere denunciar al delincuente, e incluyan a la violacion en esa mediacion..., asi se juntan en una misma oficina, la violada, el violador, y las familias de ambos. Idea genial, seguro que llegan a un arreglo!!! :lol:
 #1133019  por Santina87
 
flux escribió:La usucapion nunca debio estar metida en la mediacion, igual que tampoco la revindicacion tiene que ser incluida, ambas tenian que ser consideradas excepciones como lo es el desalojo

Pero algun iluminado retardado que no toco un expediente en su vida habra tenido la feliz idea de considerar que "y si juntamos a las partes para ver que onda, capaz se evita el juicio"..., y puso la usucapion y la revindicacion como incluidas en la mediacion

Para la proxima que hagan una ley de mediacion previa a la denuncia penal como forma de ver si realmente la gente quiere denunciar al delincuente, e incluyan a la violacion en esa mediacion..., asi se juntan en una misma oficina, la violada, el violador, y las familias de ambos. Idea genial, seguro que llegan a un arreglo!!! :lol:

Claro, estoy de acuerdo Flux
Yo inicié una en Juzg. Paz, y no me observaron que no se haya realizado la mediación, de todas maneras se me complicó...xq apareció una sucesión de un homónimo.. la cual no tiene nada que ver con el demandado en autos.


Ahora me encuentro con otra complicadísima, ya que es gente muy mayor, que incluso le han dicho al cliente que no piensan reclamar... sin embargo hay algunos titulares de dominio fallecidos , no sé por donde empezar. Son 6 titulares según mis constancias de asiento registral e informe de dominio.

Pero hablado con uno de los titulares de dominio, me dijo que no va a recibir ninguna notificación por sus parientes, en fin... gente muy mayor que dice que no va a reclamar nada, pero nisiquiera van a colaborar...ya que uno de ellos había "vendido" en la realidad ese inmueble que era baldío hace como 30 años.... y en ese momento realizó la operación sólo.. sin la firma de los demás...
Entonces es el único camino, que yo veo...la usucapión.

No sé que opinarán los colegas...