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  • EXCEPCIONES - JUICIO EJECUTIVO.

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 #105199  por apoderado
 
Hola:
Tengo que oponer excepciones en juicio ejecutivo, pero estoy dudando si agregar las copias para traslado al oponerla o esperar a que se corra el traslado de las excepciones opuestas.
Ello debido a que el juez podria desestimarla, si cree que no se dan los presupuestosm legales.
¿Que me aconsejan?

Gracias y saludos.

 #105244  por Dr. 8
 
Estimado apoderado, debés acompañar las copias de traslado, de conformidad con lo prescripto por el art. 120 del CPCC

ART: 120 CPCC "De todo escrito que deba darse vista o traslado,... deberán acompañar tantas copias firmadas como partes intervengan. No cumplido este requesito, ni subsanada la omisión dentro del quinto día siguiente, se tendrá por no presentado el escrito..."

 #105302  por Sailaw
 
Siempre se deben agregar para el cumplimiento del 120 CPCC, pero siempre tomá la precaución de quedarte con otras copias en carpeta por las dudas, ya que los juzgados suelen traspapelar las copias, y es un engorro buscarlas (si es que las encontras alguna vez), y cuando confeccionas las cedulas directamente agrega las reservadas.

 #105415  por apoderado
 
Muchas Gracias Dr. 8 y SAilaw, siempre al servicio de la comunidad.

Saludos.