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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1472390  por ANATA
 
Colegas...tengo acuerdo laboral con el trabajador y honorarios que no han sido abonados por el empleador vencido. Quiero iniciar ejecución : antes de pedir informe por inmuebles o vehículos (que seria generar mas gastos), consulte en la pagina del BCRA y veo que este buen Sr, opera con el banco Santander. Consulto como se lleva adelante el pedido de embargo sobre la cuenta, atento a que se el banco con el cual opera, pero no el numero de cuenta que se debe embargar...o se establece los datos de la persona y no es preciso individualizar la cuenta.
Agradezco puedan orientarme
 #1472398  por DRalonso
 
COMUNICACION "D"

Y MUCHO DE PROC. LABORAL NO MANYAS ¿NO? OFICIOS E INFORMES SON GRATUITOS SI SE PONE QUE ES PARA LA ACTORA!!!
 #1472455  por FabianaA
 
Iba a iniciar otro chat, pero me parece atinado dejar mi inquietud por acá:
Yo estoy intentando ejecutar. No es un acuerdo, es sentencia firme. La empresa es solvente, pero en fin... Hice liquidación, de la cual le dan traslado a la demandada. Pero pedí la comunicación del Banco Central y me dicen esto:
Lo "intitulan" "Rechaza informativa BCRA" y dice así:
"... De la liquidación practicada por la parte ACTORA, vista a la parte
DEMANDADA por el término de tres días, transcurridos los cuales sin que
medie observación válida quedará aprobada e intimados los responsables (art. 40
LO) a su pago dentro de los CINCO días subsiguientes bajo apercibimiento de
ejecución.
Hácese saber a la obligada que, en caso de mediar impugnación, deberá
practicar la liquidación que considere ajustada a derecho a su criterio y depositar
las sumas emergentes de la misma en el plazo señalado en el párrafo anterior,
bajo apercibimiento de dar formal aprobación a aquélla que se le corriera
traslado. NOTIFIQUESE ART. 46 LO.
De acuerdo a lo prescripto por el art. 39 inc. a) de la ley 21.526 y sus
modificaciones, los jueces en causas judiciales con los recaudos establecidos en
las leyes respectivas, se hallan facultados legalmente para requerir a las
entidades financieras -comprendidas en esa misma ley- las informaciones o
documentaciones sobre las operaciones de la entidad de que se trate, aún en el
supuesto de referirse a operaciones pasivas.
Consecuentemente y conforme el régimen vigente, no es factible acceder
a lo solicitado, toda vez que es función del Banco Central de la República
Argentina, ejercer la superintendencia de entidades financieras y cambiarias,
mas no oficia de intermediario entre los particulares y dichas instituciones.
Por lo expuesto, sumado a que resulta ser carga de la parte interesada el
suministrar los datos que viabilicen la ejecución pretendida, no ha lugar a la
informativa peticionada. ..."

Es porque aún faltaría este traslado de la liquidación? como que está en el limbo y no sería la ejecución propiamente dicha? o es algo distinto que está sucediendo? Yo averigué también en el BCRA, pero no hay datos de cuenta exactamente.
Gracias por sus comentarios desde ya!