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  • Reclamo trabajo en negro - base remuneratoria

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1256157  por fedejota
 
En caso de trabajo en negro, totalmente sin registrar, la base remuneratoria para calcular todos los rubros es la remuneración real que cobraba en mano el trabajador o la remuneración que corresponda en base al CCT aplicable?
 #1256168  por ZAMAKUKO
 
fedejota escribió: Mié, 17 Jun 2020, 16:40 En caso de trabajo en negro, totalmente sin registrar, la base remuneratoria para calcular todos los rubros es la remuneración real que cobraba en mano el trabajador o la remuneración que corresponda en base al CCT aplicable?
Siempre la devengada (la que correspondía que reciba si hubiera estado correctamente registrado) no la percibida (que es la que realmente cobraba)
 #1256502  por 20953753
 
Buenas, efectivamente es así, corresponde el sueldo legal según resolucion del Ministerio de Trabajo para cada actividad. Pero tengo una duda. ALGUNA VEZ LIQUIDARON DIFERENCIA DE HABERES EN UNA RELACION TOTALMENTE EN NEGRO, CUANDO SE LE PAGABA MUCHO MENOS AL TRABAJADOR? O NO HAY BASE PARA RECLAMAR ESE RUBRO?
 #1256517  por ZAMAKUKO
 
20953753 escribió: Jue, 25 Jun 2020, 11:57 Buenas, efectivamente es así, corresponde el sueldo legal según resolucion del Ministerio de Trabajo para cada actividad. Pero tengo una duda. ALGUNA VEZ LIQUIDARON DIFERENCIA DE HABERES EN UNA RELACION TOTALMENTE EN NEGRO, CUANDO SE LE PAGABA MUCHO MENOS AL TRABAJADOR? O NO HAY BASE PARA RECLAMAR ESE RUBRO?
El articulo 8 de la ley 24.013 especifica el calculo de lo que se puede reclamar, en una relación de trabajo completamente sin registrar. En todo caso podrías tratar de acreditar, que la remuneración percibida era excesivamente inferior a la devengada y en razón de ello solicitar un resarcimiento superior, si esta bien fundamentado tal vez algún juez lo pueda considerar.