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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1270961  por diani
 
Buenas tardes foristas: tengo una duda tengo un cliente que tiene 51 años de edad, 22 años 9 meses de aportes en relación de dependencia y hasta mayo le pagaran subisdio por desempleo x el despido asi que cuadraría para una minusvalía porque su afección de insuficiencia renal viene desde hace diez años, pero tengo una duda mas allá de que la ley de minusvalia diga 20 años de servicio y 45 de edad cuando es en RRDD quiero saber 1) no necesito comprar moratoria para los 30 años de aportes??? 2) Estudiando el temano ví que sea transitoria ... se otorga en forma definitiva no? por que la RPI a los 3 años debe nuevamente revalidarla .Muchas Gracias
 #1270967  por MARIO1943
 
diani escribió: Vie, 09 Abr 2021, 16:31 Buenas tardes foristas: tengo una duda tengo un cliente que tiene 51 años de edad, 22 años 9 meses de aportes en relación de dependencia y hasta mayo le pagaran subisdio por desempleo x el despido asi que cuadraría para una minusvalía porque su afección de insuficiencia renal viene desde hace diez años, pero tengo una duda mas allá de que la ley de minusvalia diga 20 años de servicio y 45 de edad cuando es en RRDD quiero saber 1) no necesito comprar moratoria para los 30 años de aportes??? 2) Estudiando el temano ví que sea transitoria ... se otorga en forma definitiva no? por que la RPI a los 3 años debe nuevamente revalidarla .Muchas Gracias
1) CON LOS 20 AÑOS Y HABER TRABAJADO EN ESTADO DE MINUSVALIA ES SUFICIENTE, NO NECESITA MORATORIA
2) La ley establece la necesidad de alcanzar, como mínimo, un 33% para que se reconozca la condición de minusvalía

En su dictamen, los expertos recogen los informes médicos, psicológicos o sociales necesarios para determinar el grado de minusvalía, que puede ser objeto de revisión en los dos años siguientes a su reconocimiento, siempre que se constate una mejoría razonable, se acredite error de diagnóstico o se produzcan cambios “sustanciales” en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de la minusvalía.
 #1270968  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Vie, 09 Abr 2021, 19:27
diani escribió: Vie, 09 Abr 2021, 16:31 Buenas tardes foristas: tengo una duda tengo un cliente que tiene 51 años de edad, 22 años 9 meses de aportes en relación de dependencia y hasta mayo le pagaran subisdio por desempleo x el despido asi que cuadraría para una minusvalía porque su afección de insuficiencia renal viene desde hace diez años, pero tengo una duda mas allá de que la ley de minusvalia diga 20 años de servicio y 45 de edad cuando es en RRDD quiero saber 1) no necesito comprar moratoria para los 30 años de aportes??? 2) Estudiando el temano ví que sea transitoria ... se otorga en forma definitiva no? por que la RPI a los 3 años debe nuevamente revalidarla .Muchas Gracias
1) CON LOS 20 AÑOS Y HABER TRABAJADO EN ESTADO DE MINUSVALIA ES SUFICIENTE, NO NECESITA MORATORIA
2) La ley establece la necesidad de alcanzar, como mínimo, un 33% para que se reconozca la condición de minusvalía

En su dictamen, los expertos recogen los informes médicos, psicológicos o sociales necesarios para determinar el grado de minusvalía, que puede ser objeto de revisión en los dos años siguientes a su reconocimiento, siempre que se constate una mejoría razonable, se acredite error de diagnóstico o se produzcan cambios “sustanciales” en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de la minusvalía.
Grados de minusvalía

La normativa vigente reconoce cinco categorías o grados de discapacidad, ordenados de menor a mayor porcentaje. Cada categoría reconoce un grado de dificultad para realizar las actividades de la vida diaria, de manera que el primer grupo incluye las deficiencias permanentes que no producen discapacidad y el último grupo, las deficiencias permanentes severas que suponen, incluso, la dependencia de otras personas.

Grado 1, discapacidad nula. Aunque la persona presenta una discapacidad, ésta no impide realizar las actividades de la vida diaria. La calificación de esta clase es del 0%.
Grado 2, discapacidad leve. Existe dificultad para realizar algunas actividades de la vida diaria, pero el porcentaje de minusvalía está entre el 1% y el 24%.
Grado 3, discapacidad moderada. Hay una gran dificultad o imposibilidad para llevar a cabo algunas actividades, aunque la persona se puede cuidar a sí misma. El grado de minusvalía está comprendido entre un 25% y un 49%.
Grado 4, discapacidad grave. Existe dificultad para algunas actividades de autocuidado y un porcentaje de minusvalía que oscila entre un 50% y un 70%.
Grado 5, discapacidad muy grave. Es el grado más severo. Las personas afectadas no pueden realizar por sí mismas las actividades de la vida diaria. El porcentaje de minusvalía es del 75%.

En esta clasificación se incluye la evaluación de los sistemas musculoesquelético, nervioso, cardiovascular, hematopoyético y endocrino, así como los aparatos respiratorio, digestivo, genitourinario y visual, la piel, el lenguaje, las neoplasias, el oído, la garganta y las estructuras relacionadas. No se incluye a las personas con retraso mental, ya que esta circunstancia cuenta con criterios específicos de evaluación al considerarse que las deficiencias intelectuales, por leves que sean, ocasionan siempre un cierto grado de interferencia en la realización de las actividades de la vida diaria.
3)Grados de minusvalía

La normativa vigente reconoce cinco categorías o grados de discapacidad, ordenados de menor a mayor porcentaje. Cada categoría reconoce un grado de dificultad para realizar las actividades de la vida diaria, de manera que el primer grupo incluye las deficiencias permanentes que no producen discapacidad y el último grupo, las deficiencias permanentes severas que suponen, incluso, la dependencia de otras personas.

Grado 1, discapacidad nula. Aunque la persona presenta una discapacidad, ésta no impide realizar las actividades de la vida diaria. La calificación de esta clase es del 0%.
Grado 2, discapacidad leve. Existe dificultad para realizar algunas actividades de la vida diaria, pero el porcentaje de minusvalía está entre el 1% y el 24%.
Grado 3, discapacidad moderada. Hay una gran dificultad o imposibilidad para llevar a cabo algunas actividades, aunque la persona se puede cuidar a sí misma. El grado de minusvalía está comprendido entre un 25% y un 49%.
Grado 4, discapacidad grave. Existe dificultad para algunas actividades de autocuidado y un porcentaje de minusvalía que oscila entre un 50% y un 70%.
Grado 5, discapacidad muy grave. Es el grado más severo. Las personas afectadas no pueden realizar por sí mismas las actividades de la vida diaria. El porcentaje de minusvalía es del 75%.

En esta clasificación se incluye la evaluación de los sistemas musculoesquelético, nervioso, cardiovascular, hematopoyético y endocrino, así como los aparatos respiratorio, digestivo, genitourinario y visual, la piel, el lenguaje, las neoplasias, el oído, la garganta y las estructuras relacionadas. No se incluye a las personas con retraso mental, ya que esta circunstancia cuenta con criterios específicos de evaluación al considerarse que las deficiencias intelectuales, por leves que sean, ocasionan siempre un cierto grado de interferencia en la realización de las actividades de la vida diaria.
 #1271104  por diani
 
Muchas Gracias por la calidad de tu respuesta . Espero poder ayudarte cuando lo necesites. Muchas gracias nuevamente
 #1271130  por muchi
 
Me sumo al posteo, tengo que tramitar una minusvalía de un Sr. que tiene 25 años de aportes en relación de dependencia y necesito hacer el cálculo del haber que le correspondería cobrar. Mi pregunta es si le liquidan PBU - PC- PAP cfme ley 24241 (años de aportes x 1,5% x promedio últimas 120 remuneraciones) o tienen un haber distinto?
 #1271132  por lucky
 
Es el mismo cálculo que la 24241. Toman los últimos 10 años de remuneraciones.
 #1271144  por muchi
 
lucky escribió: Lun, 12 Abr 2021, 18:29 Es el mismo cálculo que la 24241. Toman los últimos 10 años de remuneraciones.
Gracias, saludos.
 #1271179  por MARIO1943
 
muchi escribió: Lun, 12 Abr 2021, 17:45 Me sumo al posteo, tengo que tramitar una minusvalía de un Sr. que tiene 25 años de aportes en relación de dependencia y necesito hacer el cálculo del haber que le correspondería cobrar. Mi pregunta es si le liquidan PBU - PC- PAP cfme ley 24241 (años de aportes x 1,5% x promedio últimas 120 remuneraciones) o tienen un haber distinto?
LA MINUSVALIA NO LLEGA A CUMPLIR EL REQUISITO DE LA PBU, QUE SON LA EDAD Y APORTES PARA UNA J.O, POR LO TANTO AL NO TENER PBU , TAMPOCO TIENE PC Y PAP(es como la jub. por incapacidad)
Los minusválidos tendrán derecho a la jubilación por invalidez, en los términos de las Leyes 18.037 y 18.038, cuando se incapaciten para realizar aquellas actividades que su capacidad inicial restante les permitía desempeñar.



NOTA: Por cada año de servicios con aporte que exceda de veinte, el haber se bonificará con el 1% del promedio indicado en los artículos 45, inciso a) de la Ley 18.037 y 33, inciso a) de la Ley 18.038.
 #1271182  por DRalonso
 
HOLA, MARIO! APROVECHANDO TU EXTENSO CONOCIMIENTO, PREGUNTITA AL MARGEN: LOS BENEFICIAROS DE PUAM, J. INVALIDEZ, PENSIONES GRACIABLES O NO CONTRIBUTIVAS, ETC., ¿TAMBIEN TIENEN ACCESO A LOS CREDITOS ANSES?
 #1271258  por MARIO1943
 
TIENEN DERECHO A LOS CREDITOS DE ANSES TODAS LAS JUBILACIONES , PENSIONES Y LAS PNC .PUAM MADRE DE 7 HIJOS
ETC, LO UNICO HAY QUE PEDIR TURNO Y ELEGIR LA OPCION POR EJEMPLO CREDITO PUAM
 #1271260  por DRalonso
 
MUCHAS GRACIAS, MARIO!

SIEMPRE TAN GENTIL Y TAN SABIO!!!
 #1272890  por ROSOL29
 
Hola foristas,
Me sumo a la consulta por tema MINUSVALIA. Tengo una clienta que viene de un rechazo de RTI en el 2018 porque no llegaba al % de incapacidad. Tiene 57 años y más de 30 años en relación de dependencia en la misma empresa de la cual ya se desvinculó. La realidad es que la señora tiene Parkinson hace más de 10 años y epilepsia, fue operada por esta ultima patología e incluso a consecuencia de ella perdió porcentaje de la visión en un ojo.
Estoy entre solicitar reapertura y presentar pruebas que desde el 2018 a la fecha su salud deterioró. Por otra parte, analizo su situación y encuadra en una jubilación por la 20475. Nunca inicié por minusvalía y si me pueden aconsejar aquellos con mayor experiencia se los agradecería!
 #1272943  por MARIO1943
 
ME PARECE BIEN LA REAPERTURA, ADJUNTANDO LAS NUEVAS PRUEBAS MEDICAS SOBRE SU AGRAVAMIENTO DE LA INCAPACIDAD
 #1273102  por ROSOL29
 
MARIO1943 escribió: Mié, 12 May 2021, 15:05 ME PARECE BIEN LA REAPERTURA, ADJUNTANDO LAS NUEVAS PRUEBAS MEDICAS SOBRE SU AGRAVAMIENTO DE LA INCAPACIDAD
Gracias MARIO por responder.. Estoy tan en duda con este caso :| porque le habian dado 46% en su momento.
Te pregunto , si podés decirme te agadezco sino no hay problema. ¿Por qué no le haria minusvalia? Solo para saber. Gracias!