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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1264283  por Usuariolegal
 
Colegas la consulta es la siguiente, un cliente no llega a los 25 años de servicios como recolector de servicvios. Está pasada la edad.
Dos cuestiones puntuales, la primera, el desempleo se computa como servicio de barrendero o como servicio comun.
La segunda, si no cuenta con inscripcion de autonomos previa,no puedo completar los años con moratoria, o si?
Muchas gracias por los comentarios que me puedan dejar.
Gracias.
 #1264352  por lucky
 
Para mi en este caso el desempleo se computa como tiempo común, pero es una opinión personal. Si bien la 24013 solo dice que se computa como tiempo de servicios, y no conozco ninguna norma aclaratoria de Anses al respecto, lo estricto del régimen diferencial en cuanto a la efectiva prestación de servicios hace que considere que se debe tomar como común ese tiempo de desempleo.
Y sí que podés completar por moratoria lo que falte, en este caso por la 24476.
 #1264414  por MARIO1943
 
COINCIDO CON LUCKY, NO HAY NADA AL RESPECTO, SI HAY ALGO CON RESPECTO A LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION QUE PUEDEN COBRAR DESEMPLEO, LA DUDA EN ESTE CASO QUE ES DIFERENCIAL COMO DEBE COMPUTARSE
Trabajador de la Construcción: ¿Cómo cobrar el Seguro por Desempleo?

También tendrán derecho de cobrar este beneficio los trabajadores de la construcción. Esta prestación de ANSES se extiende a todos los trabajadores e inclusive a la Industria de la Construcción. Si estás trabajando en una situación legal como marca la Ley N° 25.371 vas a poder acceder al pago.
ANTE LA DUDA LLAMAR A:
Ministerio de Trabajo que es el 0800-777-7366 OPCIÓN 1
 #1264633  por Usuariolegal
 
Gracias Colegas.
Ampliando la informacion, el cliente hace unos años se presentó en Anses y le iniciaron un RTI. Le dieron 16,88% por lo que se lo rechazaron. Resolucion que esta mas que firme.
La duda que tenge es puedo anotarlo en autonomos e ingresarlo en moratoria?, en principio creo que no, los leo.