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 #1252934  por carlosgallego1008
 
Estimados colegas.
Les hago una consulta de un caso que no suelo hacer y tengo una duda que para muchos tal vez les resulte simple, pero aún no logro resolverla.
Se me presenta el siguiente caso: Mi cliente vende un auto radicado en la localidad de Morón. Asimismo él tiene el domicilio en la localidad de Morón. El comprador tiene domicilio en la localidad de Villa Gesell. El comprador abona el precio total del vehículo y mi cliente realiza la correspondiente denuncia de venta. La cuestión es que el comprador no realizó los tramites para la transferencia a su nombre. Generó multas y deudas de patente desde el momento de la compraventa, y de esa deuda a mi cliente le llegó un mandamiento de intimación de pago por parte de ARBA y por la que tuvo que llegar a un acuerdo de pago para evitar el embargo de su sueldo. Si bien se intimó al comprador a que realice los tramites de transferencia, este se negó y ahora debo iniciar la correspondiente demanda.
Tengo 2 dudas:
1) Elegí el camino de la repetición de pago, para que el comprador se haga cargo de lo abonado indebidamente por mi cliente. ¿Puedo incluir en esta misma demanda un pedido por daño moral o debo hacerlo separadamente por la vía de daños y perjuicios?.
2) Teniendo en cuenta que el vehículo estaba radicado en la localidad de Morón, y que la denuncia de venta se hizo en el registro automotor de Morón, puedo invocar esta circunstancia para poder litigar en la jurisdicción de Morón, o teniendo en cuenta que el comprador tiene domicilio de Villa Gesell y el vehículo también se encuentra en Villa Gesell, voy a tener que litigar en Dolores?
Agradezco desde ya cualquier colaboración