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  • JUICIO ABREVIADO - AMENAZAS

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 #1474218  por noe1983
 
Hola a todos colegas:

Les queria consultar por un caso de un cliente que esta imputado en un juicio por amenazas.
En el expte, el fiscal ofrece que se firme el abreviado y aplica la pena de 6 meses de prision de ejecucion condicional mas costas y someterse al cuidado del patronato de liberados.
Si bien mi cliente aporto pruebas, asi y todo, el fiscal realiza esta propuesta. Ustedes consideran que es mejor firmar el abreviado? Estoy en la duda, ya que estaria asumiendo una culpa que no tiene.
Por otra parte, hay algun riesgo que vaya detenida? conviene seguir con el juicio oral?

Aguardo sus comentarios.
 #1474411  por legalescom
 
Art. 149 bis. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas. Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.

Si estuviera incurso, en la conducta reprimida en la primara parte de este artículo, yo, no acordaría nada con el fiscal, ya que, en el peor de los casos, la pena, no sería a cumplir. Puede ser, además que, las amenazas, ni siquiera, sean tales o, no lleguen a probarse