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  • Sucesion - herederos

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 #1469989  por alexctes
 
Buenos días colegas. Soy abogado en la ciudad de Corrientes, y les planteo el siguiente caso: retomé una sucesión del año 2000, en la que hay varios herederos del causante. La mayoría de ellos (herederos A, B, C, D, E, F) suscribieron una sesión de derechos en el año 1992 a favor de uno solo de los herederos (mi cliente). Los restantes herederos (G, H, I) hicieron renuncia de sus derechos hereditarios mediante cartas documentos que no fueron incorporadas al expediente (ignoro por qué lo hicieron de esta manera) El acervo hereditario es la casa donde vivió el causante con su familia, y actualmente es ocupada por el heredero (mi cliente) al cual todos decidieron cederle sus derechos hereditarios. Al presentarme en el expediente el juzgado me pide en un proveído que cite a todos los herederos denunciados por cédula papel para que se presenten a estar a derecho con asistencia letrada y acrediten su vínculo en el término de 30 días corridos desde su notificación. El tema es que la mayoría de los herederos no viven aquí en la ciudad de Corrientes, sino en Buenos Aires. Mi duda es: debo citar sólo a los herederos que no suscribieron la cesión de derechos (G, H, I), o a todos ellos (incluyendo a los herederos A, B, C, D, E, F ). Entiendo que los que no suscribieron la cesión en su momento deben renunciar a sus derechos hereditarios por escritura pública o acta judicial, y ellos sí deben ser notificados; pero los que ya firmaron la cesión en su momento, ¿necesitan ser notificados? Desde ya agradezco sus opiniones.
 #1469990  por legalescom
 
Ante todo, la cesión de derechos hereditarios, tanto, según el Cód. Civ. (art. 1184), como, según el Cód. Civ. y Com. (art. 1618), debe hacerse por escritura pública. Por otra parte, la citación, ordenada en autos, deberá dirigirse a todos los herederos. Pero, no necesariamente, deberás citarlos por cédula, basta que, se presenten al expediente, mediante un escrito, con patrocinio letrado, que podría ser el tuyo, para lo cual, te podrán remitir, el respectivo escrito, por correspondencia. Por último, los que viven en Corrientes, podrían formular, la renuncia a la herencia, mediante acta judicial, al igual que los de Capital, podrán ceder sus derechos hereditarios o renunciar a la herencia, mediante escritura pública.
 #1470004  por DRalonso
 
JUSTAMENTE: "todos decidieron cederle sus derechos hereditarios" ¿BLA-BLA FAMILIAR; O TENES LA ESCRITURA?
 #1470018  por alexctes
 
DRalonso escribió: Mié, 10 Ago 2022, 19:24 JUSTAMENTE: "todos decidieron cederle sus derechos hereditarios" ¿BLA-BLA FAMILIAR; O TENES LA ESCRITURA?
Buenos días. Respondiendo tu interrogante, la escritura de cesión está incorporada al expediente, pero no todos ellos la suscribieron, de allí mi pregunta. Porque el juzgado me pide que cite a TODOS los herederos denunciados, y me pregunto: ¿es necesario citar a los herederos que ya firmaron la cesión o solamente a los que no manifestaron su renuncia a la herencia en esa cesión de derechos? (estos últimos obviamente que si deben ser citados) El tema es que notificar a todos por cédula como me pide el juzgado llevará su tiempo y su costo para mi cliente.
 #1470031  por DRalonso
 
SI "no todos ellos la suscribieron" ¡NO TODOS CEDIERON SUS DERECHOS!!!

HABRA QUE ESPERAR LA SAPIENCIA DE DON LEGALES, PERO PARA MI ESA ESCRITURA ES KK...

Y DEJATE DE DAR VUELTAS Y PERDER EL TIEMPO: ¡HACE LO QUE TE DIJO LEGALES DE UNA BUENA VE!!!