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  • NUEVO TESTAMENTO? HEREDEROS

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 #1270662  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Situación: Una persona de 85 años, soltera sin hijos, tiene dos departamento. En uno vive y el otro lo alquilaba (hoy deshabitado). Hace unos años, hizo un testamento en donde el departamento que alquilaba se lo dejaba a un sobrino y el el mismo testamento dejo sentado que en el cual vive ella se los deja a los hermanos (entiendo que innecesario porque son quienes van a heredar oportunamente).
La señora vive sola y unicamente uno hermano la cuida y la ayuda. Ante la pesima situación economica, decide vender el departamento que alquilaba (el que iba a ser para el sobrino, entendiendo que ella pude disponer, ya que el testamento tiene efectos a posterior de la defuncion). Ahora bien, como nadie la visita, se enojo con todos los otros hermanos, y quiere dejarle el departamento en el cual vive SOLO al hermano que la cuida.
Consultas:
Lo puede hacer? Debe dar de baja el testamento o directamente realiza uno nuevo? Puede quitar a los otros hermanos de la herencia??
En caso de hacerlo, simplemente a futuro se presenta el testamento en donde hace alusión a este solo hermano?
Agradeceria puedan guiarme. MIL GRACIAS A TODOS!
 #1270674  por DRalonso
 
MEJOR VENTA CON USUFRUCTO VITALICIO Y GRATUITO...

IGUAL EL OTRO HERMANO SEGURO VA A RECLAMAR, COLACION, ETC....
 #1270683  por legalescom
 
Estimado, dispone el C. C. y C. en su Art. 2513.- Testamento posterior. El testamento posterior revoca al anterior si no contiene su confirmación expresa, excepto que de las disposiciones del segundo resulte la voluntad del testador de mantener las del primero en todo o en parte.

En cuanto. a hermanos y sobrinos del testador, dispone, el mismo Código en su.

Art. 2444.- Legitimarios. Tienen una porción legítima de la que no pueden ser privados por testamento ni por actos de disposición entre vivos a título gratuito, los descendientes, los ascendientes y el cónyuge.

Por lo tanto. aquéllos, no podrán solicitar colación y/reducción alguna, ya que no son herederos legítimos (forzosos, se los llamaba antes) del testador y futuro causante.
 #1270684  por abogado_1987
 
Iusgus2013 escribió: Dom, 04 Abr 2021, 20:56 Buenas colegas. Situación: Una persona de 85 años, soltera sin hijos, tiene dos departamento. En uno vive y el otro lo alquilaba (hoy deshabitado). Hace unos años, hizo un testamento en donde el departamento que alquilaba se lo dejaba a un sobrino y el el mismo testamento dejo sentado que en el cual vive ella se los deja a los hermanos (entiendo que innecesario porque son quienes van a heredar oportunamente).
La señora vive sola y unicamente uno hermano la cuida y la ayuda. Ante la pesima situación economica, decide vender el departamento que alquilaba (el que iba a ser para el sobrino, entendiendo que ella pude disponer, ya que el testamento tiene efectos a posterior de la defuncion). Ahora bien, como nadie la visita, se enojo con todos los otros hermanos, y quiere dejarle el departamento en el cual vive SOLO al hermano que la cuida.
Consultas:
Lo puede hacer? Debe dar de baja el testamento o directamente realiza uno nuevo? Puede quitar a los otros hermanos de la herencia??
En caso de hacerlo, simplemente a futuro se presenta el testamento en donde hace alusión a este solo hermano?
Agradeceria puedan guiarme. MIL GRACIAS A TODOS!
Hola, entiendo que
Art. 3827. El testamento no puede ser revocado sino por otro testamento posterior, hecho en alguna de las formas autorizadas por este código.

Art. 3828. El testamento posterior revoca al anterior, sólo en cuanto sea incompatible con las disposiciones de éste.
CC ley 340

ARTICULO 2511.Revocabilidad. El testamento es revocable a voluntad del testador y no confiere a los instituidos derecho alguno hasta la apertura de la sucesión.
La facultad de revocar el testamento o modificar sus disposiciones es irrenunciable e irrestringible.
CCCN
 #1270708  por Iusgus2013
 
Muchisimas gracias a todos por sus aportes, fueron muy claros.
Con respecto al departamento vendido, lo hizo sin ningun incoveniente, ya que el testamento no tiene efectos al momento.
Y con el deparamento en el cual vive ella, entiendo que sin nigun problema, esta persona podrá realizar un nuevo testamento en favor de su hermano y nadie tendrá derecho a solicitar colación.
La duda, aunque entiendo que quizas es mas para un escribano, es saber si el nuevo testamento se confecciona haciendo mención que se anula el anterior o ya solo con la confeccion y la voluntad expresa de esta señora, surte efectos?
DE NUEVO, GRACIAS POR SU TIEMPO!
 #1270712  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, LUSGUS!

PERO EL OTRO HERMANO SEGURO INTENTARA ALGO...

LA FORMULA ES QUE SE REVOCA TODO TESTAMENTO ANTERIOR E INSTRUMENTO CONTRARIO A ESTA VOLUNTAD

PARA MI MEJOR VENTA CON USUFRUCTO VITALICIO Y GRATUITO...
 #1270716  por chacagazza
 
En el nuevo testamento, se establece una cláusula que dice: "revoca todo testamento otorgado con anterioridad al presente".

Si hubiera otorgado más de un testamento, y solo quisiera revocar uno de ellos, se hace mención específica, individualizando los datos correspondientes.

saludos!
 #1270717  por legalescom
 
DRalonso escribió:NO HAY DE QUE, LUSGUS!

PERO EL OTRO HERMANO SEGURO INTENTARA ALGO...

LA FORMULA ES QUE SE REVOCA TODO TESTAMENTO ANTERIOR E INSTRUMENTO CONTRARIO A ESTA VOLUNTAD

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Por más, que intente algo, nada conseguirá, a no ser la nulidad del testamento, por algún error substancial del escribano o, si fuere ológrafo, por falta de fecha, de firma o de no estar íntegramente redactado a mano
 #1270775  por Iusgus2013
 
Muchas gracias a todos por sus respuestas. Fueron de gran ayuda. La informaré a esta señora, que lo puede realizar sin ningún tipo de inconveniente. Saludos!
 #1270780  por DRalonso
 
LUSGUS: NO ENTENDISTE UNA PALABRA DE LO QUE ESCRIBI " lo puede realizar sin ningún tipo de inconveniente"!!!

CUANDO EL HERMANO QUE SE QUEDARA CON LA SANGRE EN EL OJO, ARME KILOMBO CON O SIN FUNDAMENTE ¿A QUIEN CREES QUE LE VAN A RECLAMAR TUS CLIENTES?!!!!!!!!!!!!11