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  • Consejo usurpacion de años - como proceder

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 #1270660  por viccap
 
Hola, por favor necesito su asesoramiento, soy de CABA, es por un tema de usurpacion.
Resumen: Mi papa compro un terreno en 1979 y construyo una casita de 40 m2, en Ezeiza. Murio en un accidente en 1981, cuando mi mama estaba embarazada de mi. Recien a mis 11 años me dieron el apellido de mi papa por juicio de filiación, y quede como su unica heredera. Heredé una propiedad en CABA, pero de esa casita de Ezeiza, me entere hace 2 semanas! Me aviso un prima de mi papa con quien me reencontre hace poco, que ni conocia. Me aviso que habia una casita y busque indice de titulares y efectivamente esta aun a nombre de mi papa. Me acaba de llegar el informe de dominio y tambien todo es correcto, dice que incluso hay escritura a nombre de mi papa. Mañana pido el Segundo Testimonio. Fui a la municipalidad de Ezeiza la semana pasada, se debia el impuesto municipal desde 2013, y lo pague todo ! Pero el problema es este: Hable con un vecino y me comentó que la casa es de un tal Juan Pablo, esa persona tiene la posesión, NO VIVE ahi, la casita es precaria, solo va a cortar el pasto, y paga la electricidad. Juan Pablo le dijo al vecino que se la dejo un tal "Miguel". Tambien le dijo al vecino hace poco que la piensa demoler y hacer una cabaña. Yo logre averiguar en Edesur, que Miguel instalo el servicio de luz en noviembre 2013. Miguel murio en 2018 (pedi su informe en Dateas con su DNI que estaba en una factura). Juan Pablo no creo que sea hijo de Miguel, no se quien es. La casa es tal cual como la dejo mi papa, la unica mejora que le hicieron es agregarle rejas. Con fotos de google, se ve que las rejas se agregaron despues de 2013. MI PREGUNTA ES QUE HAGO???? Mi abogado me dice que puedo ir y tomar posesion. Encontre una escribana que me acompaña y me hace un acta. Pero es rompiendo cerradura, llevaria un cerrajero. Por favor quiero saber si es correcto proceder de esta forma, o estoy en delito y me va a perjudicar para recuperar el terreno. Si tengo que hacer demanda, no tengo a quien ! No se el apellido de Juan Pablo y no vive ahi. Ademas mi abogado dice que no debemos darle "entidad" a Juan Pablo, entidad de propietario. Consejo por favor !!!
 #1270661  por legalescom
 
Si le iniciás juicio (reivindicación, acción, posesoria, desalojo, etc), más que seguro, te opondrá la usucapión. Lo mejor, es tomar vos la posesión, aunque tengas que arrasar con todo, pero no digas nada de cerrajero etc. etc., solo que estaba sin seguridad alguna y, vos, procediste a asegurarla con llaves, cadenas, candados etc.. El problema, que no lo podrás dejarla sola, sino, se te va a volver a meter y, entonces, te va a resultar más complicado el tema. Que haga todas las denuncias que quiera, pero, con vos, o un conocido tuyo, dentro de la casa.
 #1270664  por ElExplorador
 
Tomar la posesion sirve para cagarle la usucapion, pero el ocupa puede iniciar una accion posedoria o denunciarla por usurpacion.
Asi que si queres ayudar hacelo bien, no recomiendes cualquier cosa que pueden terminar perjudicandola, lo que no entiendo es por qué consulta cuanfo ya tiene abogado.



legalescom escribió:Si le iniciás juicio (reivindicación, acción, posesoria, desalojo, etc), más que seguro, te opondrá la usucapión. Lo mejor, es tomar vos la posesión, aunque tengas que arrasar con todo, pero no digas nada de cerrajero etc. etc., solo que estaba sin seguridad alguna y, vos, procediste a asegurarla con llaves, cadenas, candados etc.. El problema, que no lo podrás dejarla sola, sino, se te va a volver a meter y, entonces, te va a resultar más complicado el tema. Que haga todas las denuncias que quiera, pero, con vos, o un conocido tuyo, dentro de la casa.
 #1270666  por ElExplorador
 
Ante un caso identico la usuario estelapeludita recomendaba lo misno que legalescom, recomendaba ingresar, tomar posedion, prender fuego todo incluido a los ocupas, y legalescomo jugaba al asombrado e indignado, sus 2 perdonajes debatian, se peleaban y al final se mandó bendiciones.


PERO VOLVIENDO A ESTE CASO, TOMAR POSESION SIRVE PARA ARRINARLE LA USUCAPION, LE ARRUINAS TODO EL TIEMPO DE POSESION QUE TUVO, PORQUE PARA HACER LA USUCAPION NECESITA 20 AÑOS ININTERRUMPIDO.



PERO SI EL OCUPA TIENE LA LUZ A SU NOMBRE, SI CONSTRUYÓ UNA REJA Y SI EDIFICÓ UN RANCHITO, ES PROBABLE QUE SI TE DENUNCIA POR USURPACION O TE DEMANDE CON UNA ACCION POSEDORIA, ES PROBABLE QUE PIERDAS, PERO VAS A PODER INICIAR UNA ACCION REIBINFICATORIA SI ES QUE TENES LA ESCRITURA Y VAS A GANAR ESTE PROCESO, PERO EL OCUPA COMO NUNCA FUE DENUNCIADO POR USURPACION EL JUEZ PUEDE ENTENDER QUE ES POSEDOR DE BUENA FE Y SI ES DE BUENA FE TE VA A CONDENAR A PAGAR TODO LO EDIFICADO, EL PAGO DE TASAS E IMPUESTOS, EL TRABAJO POR EL CORTE DE PASTO.

A MI ME PASO LO MISMO QUE A TU PAPÁ, SE METIERON Y NOS ENTERAMOS 5 AÑOS DESPUES, LA ACCION PENAL HABIA PRESCRIPTO, Y NO TENGO ESCRITURA. NO PUEDO HACER NADA, PERO VOS QUE TENES ESCRITURA LO GANAS, PODES DESALOJAR PERO SI RECLAMAN MEJORAS COMO SON DE BUENA FE TE PUEDEN CONDENAR A QUE LAS PAGUES, LO MISMO QUE LOS IMPUESTOS, TASAS Y TRABAJOS REALIZADOS.




ElExplorador escribió:Tomar la posesion sirve para cagarle la usucapion, pero el ocupa puede iniciar una accion posedoria o denunciarla por usurpacion.
Asi que si queres ayudar hacelo bien, no recomiendes cualquier cosa que pueden terminar perjudicandola, lo que no entiendo es por qué consulta cuanfo ya tiene abogado.



legalescom escribió:Si le iniciás juicio (reivindicación, acción, posesoria, desalojo, etc), más que seguro, te opondrá la usucapión. Lo mejor, es tomar vos la posesión, aunque tengas que arrasar con todo, pero no digas nada de cerrajero etc. etc., solo que estaba sin seguridad alguna y, vos, procediste a asegurarla con llaves, cadenas, candados etc.. El problema, que no lo podrás dejarla sola, sino, se te va a volver a meter y, entonces, te va a resultar más complicado el tema. Que haga todas las denuncias que quiera, pero, con vos, o un conocido tuyo, dentro de la casa.
 #1270677  por DRalonso
 
¿SOS ABOGADO?

SI LO FUERAS ¿CONTRATAS UNO MAS BOLUDO QUE VOS?

LA POSESION CON ANIMO DE DUEÑO SE INTERRUMPE POR LA MERA INTIMACION DEL PROPIETARIO LEGAL, SIN MEDIDAS DE HECHO, ADEMAS ME EXTRAÑA SOBREMANERA QUE EL MAS LEGALISTA DE TODOS LO FORISTAS RECOMIENDE UNA DE COWBOYS...

LA DENUNCIA DE USURPACION SIRVE COMO ACTO LEGAL DE INTERRUPCION DE ESA POSESION, AUNQUE DESPUES SEA RECHAZADA

LA CARTA DOCUMENTO A "INTRUSOS Y OCUPANTES" SIRVE COMO ACTO LEGAL DE INTERRUPCION DE ESA POSESION, LA RECIBAN O NO

LA INTIMACION POR ACTA NOTARIAL A "INTRUSOS Y OCUPANTES" ES LO MAS EFECTIVO Y POR LO TANTO LO MAS CARO; EL PROBLEMA -MAS ALLA DE LOS MILES DE $- ES ENCONTRAR ESCRIBANO/A QUE ACEPTE HACERLA!!!

HACE TODO ESO EN ESE ORDEN, INICIA LA SUCESION ¡YA! CON EL INUTIL QUE TENES BASTARA...
 #1270686  por viccap
 
legalescom escribió: Dom, 04 Abr 2021, 20:50 Si le iniciás juicio (reivindicación, acción, posesoria, desalojo, etc), más que seguro, te opondrá la usucapión. Lo mejor, es tomar vos la posesión, aunque tengas que arrasar con todo, pero no digas nada de cerrajero etc. etc., solo que estaba sin seguridad alguna y, vos, procediste a asegurarla con llaves, cadenas, candados etc.. El problema, que no lo podrás dejarla sola, sino, se te va a volver a meter y, entonces, te va a resultar más complicado el tema. Que haga todas las denuncias que quiera, pero, con vos, o un conocido tuyo, dentro de la casa.
Eso es exactamente lo que pensaba hacer, pero despues lei en varios lugares que romper la cerradura es violencia, y que el me podria hacer a mi una denuncia por allanamiento de morada, y que la justicia no preevee el uso de "justicia por mano propia" en estos casos, y un juez le podria dar la posesion nuevamente. Lo unico que tengo a mi favor es que no vive ahi, pero cerraduras hay
 #1270687  por viccap
 
ElExplorador escribió: Dom, 04 Abr 2021, 20:58 Tomar la posesion sirve para cagarle la usucapion, pero el ocupa puede iniciar una accion posedoria o denunciarla por usurpacion.
Asi que si queres ayudar hacelo bien, no recomiendes cualquier cosa que pueden terminar perjudicandola, lo que no entiendo es por qué consulta cuanfo ya tiene abogado.



legalescom escribió:Si le iniciás juicio (reivindicación, acción, posesoria, desalojo, etc), más que seguro, te opondrá la usucapión. Lo mejor, es tomar vos la posesión, aunque tengas que arrasar con todo, pero no digas nada de cerrajero etc. etc., solo que estaba sin seguridad alguna y, vos, procediste a asegurarla con llaves, cadenas, candados etc.. El problema, que no lo podrás dejarla sola, sino, se te va a volver a meter y, entonces, te va a resultar más complicado el tema. Que haga todas las denuncias que quiera, pero, con vos, o un conocido tuyo, dentro de la casa.
Es que mi abogado no me explico nada de esto, el que tengo es el que me hizo la sucesión de la otra propiedad (que no se porque dejo esta afuera, no pidio indice de titulares). Me dijo que es correcto que vaya con escribana y rompa la cerradura. Pero estoy leyendo por mi cuenta y veo que la posesión no se puede quitar de esta forma...no se que hacer
 #1270688  por viccap
 
ElExplorador escribió: Dom, 04 Abr 2021, 21:34 Ante un caso identico la usuario estelapeludita recomendaba lo misno que legalescom, recomendaba ingresar, tomar posedion, prender fuego todo incluido a los ocupas, y legalescomo jugaba al asombrado e indignado, sus 2 perdonajes debatian, se peleaban y al final se mandó bendiciones.


PERO VOLVIENDO A ESTE CASO, TOMAR POSESION SIRVE PARA ARRINARLE LA USUCAPION, LE ARRUINAS TODO EL TIEMPO DE POSESION QUE TUVO, PORQUE PARA HACER LA USUCAPION NECESITA 20 AÑOS ININTERRUMPIDO.




PERO SI EL OCUPA TIENE LA LUZ A SU NOMBRE, SI CONSTRUYÓ UNA REJA Y SI EDIFICÓ UN RANCHITO, ES PROBABLE QUE SI TE DENUNCIA POR USURPACION O TE DEMANDE CON UNA ACCION POSEDORIA, ES PROBABLE QUE PIERDAS, PERO VAS A PODER INICIAR UNA ACCION REIBINFICATORIA SI ES QUE TENES LA ESCRITURA Y VAS A GANAR ESTE PROCESO, PERO EL OCUPA COMO NUNCA FUE DENUNCIADO POR USURPACION EL JUEZ PUEDE ENTENDER QUE ES POSEDOR DE BUENA FE Y SI ES DE BUENA FE TE VA A CONDENAR A PAGAR TODO LO EDIFICADO, EL PAGO DE TASAS E IMPUESTOS, EL TRABAJO POR EL CORTE DE PASTO.

A MI ME PASO LO MISMO QUE A TU PAPÁ, SE METIERON Y NOS ENTERAMOS 5 AÑOS DESPUES, LA ACCION PENAL HABIA PRESCRIPTO, Y NO TENGO ESCRITURA. NO PUEDO HACER NADA, PERO VOS QUE TENES ESCRITURA LO GANAS, PODES DESALOJAR PERO SI RECLAMAN MEJORAS COMO SON DE BUENA FE TE PUEDEN CONDENAR A QUE LAS PAGUES, LO MISMO QUE LOS IMPUESTOS, TASAS Y TRABAJOS REALIZADOS.




ElExplorador escribió:Tomar la posesion sirve para cagarle la usucapion, pero el ocupa puede iniciar una accion posedoria o denunciarla por usurpacion.
Asi que si queres ayudar hacelo bien, no recomiendes cualquier cosa que pueden terminar perjudicandola, lo que no entiendo es por qué consulta cuanfo ya tiene abogado.



legalescom escribió:Si le iniciás juicio (reivindicación, acción, posesoria, desalojo, etc), más que seguro, te opondrá la usucapión. Lo mejor, es tomar vos la posesión, aunque tengas que arrasar con todo, pero no digas nada de cerrajero etc. etc., solo que estaba sin seguridad alguna y, vos, procediste a asegurarla con llaves, cadenas, candados etc.. El problema, que no lo podrás dejarla sola, sino, se te va a volver a meter y, entonces, te va a resultar más complicado el tema. Que haga todas las denuncias que quiera, pero, con vos, o un conocido tuyo, dentro de la casa.
Si tengo escritura, y el ranchito lo hizo mi papa, ellos solo agregaron una rejita de 10 metros e instalaron la luz. Ademas el que instalo la luz es otro tipo que ya murio, y no se que relacion tiene con el que esta ahora. Pero la reja y la luz, se pusieron despues de junio de 2013, no pasaron 10 años, tengo la esperanza que hayan arrancado ahi la usucacion.

Entonces te parece que si tomo la posesión yendo con escribana y cerrajero, me conviene? Tambien pensaba que seria bueno que el tipo venga, que le avise el vecino que tiene el telefono, y que la escribana lo notifique, y le digo que si no me quiere dejar tomar la posesión, al otro dia le inicio demanda civil y penal....que les parece?
 #1270689  por legalescom
 
Ni loca, lleves a un escribano, no harías más que acreditar un hecho violento, que no se te estaría permitido. Obrá, como te dijera antes. Por lo que ratifico, en un todo, mi dictamen anterior, el que, aunque pareciera ser "contra legem", no lo es, ya que, se fundamenta, en las disposiciones del art. 2240, del C.C. y C., como de su antecedente, el art. 2470 del Código Civil. Todo lo demás, son huevadas que, a nada conducen.

Le doy punto final, a mi intervención, en este tema.
 #1270703  por ElExplorador
 
Excelente, tenes razón, estas en lo cierto. Se interrumpe con una Carta documento.
PERO A LA CONSULTANTE NO ES RECOMENDABLE QUE HAGA ESO, Y POR SUS ULTIMOS COMENTARIOS ES MEJOR QUE TOME POSESION, ROMPA EL CANDADO Y SE META, Y QUE RUEGUE QUE NO HAYA NADIE SECUESTRADO O PEOR AUN UN MUERTO ENTERRADO.
DRalonso escribió:¿SOS ABOGADO?

SI LO FUERAS ¿CONTRATAS UNO MAS BOLUDO QUE VOS?

LA POSESION CON ANIMO DE DUEÑO SE INTERRUMPE POR LA MERA INTIMACION DEL PROPIETARIO LEGAL, SIN MEDIDAS DE HECHO, ADEMAS ME EXTRAÑA SOBREMANERA QUE EL MAS LEGALISTA DE TODOS LO FORISTAS RECOMIENDE UNA DE COWBOYS...

LA DENUNCIA DE USURPACION SIRVE COMO ACTO LEGAL DE INTERRUPCION DE ESA POSESION, AUNQUE DESPUES SEA RECHAZADA

LA CARTA DOCUMENTO A "INTRUSOS Y OCUPANTES" SIRVE COMO ACTO LEGAL DE INTERRUPCION DE ESA POSESION, LA RECIBAN O NO

LA INTIMACION POR ACTA NOTARIAL A "INTRUSOS Y OCUPANTES" ES LO MAS EFECTIVO Y POR LO TANTO LO MAS CARO; EL PROBLEMA -MAS ALLA DE LOS MILES DE $- ES ENCONTRAR ESCRIBANO/A QUE ACEPTE HACERLA!!!

HACE TODO ESO EN ESE ORDEN, INICIA LA SUCESION ¡YA! CON EL INUTIL QUE TENES BASTARA...
 #1270704  por ElExplorador
 
Vos que sos tan buena persona ¿me pasarías un modelo de Carta Documento intimando al intruso ?
DRalonso escribió:
LA POSESION CON ANIMO DE DUEÑO SE INTERRUMPE POR LA MERA INTIMACION DEL PROPIETARIO LEGAL,
...
 #1270711  por DRalonso
 
"EXPLORADOR": TEXTO CARTA INTIMACION USURPADORES

Destinatarios: Ocupantes e Intrusos - CALLE WASHINGTON AL 2.300 SIN Nº ENTRE MANSILLA 2.800 A LA IZQUIERDA Y PIROVANO 2.900 A LA DERECHA; LOTE CON 2 CASAS CON REJA METALICA AL LADO DEL Nº 2.331 A LA IZQUIERDA HACIA CALLE MANSILLA; DESDE LA ESQUINA CON MANSILLA ES LA 5º CASA.- ... Localidad y Ptdo. Jose C. Paz, Pcia. de Bs. As.-

Remitente: ...

Habiendome impedido reiteradamente el ingreso a mi propiedad con violencia, siendo el propietario legitimo, y Uds. USURPADORES que han tomado clandestinamente el lote de mi propiedad con violencia y nocturnidad en el lote catastral 29 de la manzana 120a de la circunscripcion III, Seccion "J", localidad y Partido de Jose C. Paz, Pcia. de Bs. As., antiguamente Partido de Gral. Sarmiento; en el domicilio arriba indicado del destinatario; INTIMO restituir el inmueble de mi propiedad en forma inmediata a la recepcion de la presente.-
De continuar su reiterada e ilegal negativa a la restitucion de mi propiedad tomada clandestina y violentamente por Uds. iniciare las acciones penales pertinentes procurando su procesamiento y prision por los delitos cometidos.-
Asimismo iniciare acciones civiles por cobro de daños, perjuicios, etc., y lo comunicare a VERAZ; quedando Uds. imposibilitados de tomar creditos y demas servicios bancarios y financieros por largos años hasta ser compensado legalmente por sus acciones clandestinas en mi perjuicio.-
Quedan debidamente intimados conforme a la ley.-


Y DE YAPA EL ACTA NOTARIAL POSTERIOR:

,- - - - - - - - - - - ACTA DE CONSTATACION Y NOTIFICACION efectuada a requerimiento de .... En la Ciudad y Partido de José C. Paz, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, a ………. de enero de dos mil veinte, ante mí, MARIO LUIS MENGONI, Escribano Titular del Registro Tres y Encargado del Registro Notarial de Regularización Dominial Uno, ambos de este Partido, COMPARECE la persona que se identifica y expresa sus datos como se indica a continuación: ..., argentino, nacido el ..., Documento Nacional de Identidad ..., manifiesta ser soltero, hijo de ... y de ... y domiciliado en ... Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CONSIDERO al Compareciente capaz para este otorgamiento, quien justifica su identidad con el documento de identidad que exhibe y que en fotocopia, debidamente autenticada de sus partes pertinentes, agrego a la presente, quien MANIFIESTA: Que es titular de dominio del inmueble ubicado en la Provincia de Buenos Aires, Partido y Ciudad de José C. Paz, antes denominado Partido de General Sarmiento, con frente a la calle Washington, entre las de Mansilla y Pirovano. Que ese inmueble no tiene el número de la calle en su frente; tiene una vereda de pasto cortado, con un cerco de ladrillo premoldeado en su frente con dos divisiones ocupadas por rejas metálicas en alambre desplegable pintado de color negro. Que este inmueble se encuentra ubicado al lado del número 2.331 de la calle Washington rumbo a la izquierda hacia calle la Mansilla, y desde la equina formada con la calle Mansilla, es la quinta casa. Que ese inmueble se encuentra edificado en el lote de terreno designado, según su título antecedente, como lote veintinueve de la manzana ciento veinte “a” y cuya nomenclatura catastral es la siguiente: circunscripción III, sección J, manzana 120 “a”, parcela 29. Que este inmueble le fue usurpado, siendo difícil el poder individualizar a los usurpadores en virtud que todas las cartas documentos que les envió le fueron rechazadas. Que sobre la base de todo lo expuesto, solicita de mí, el Autorizante, me constituya durante el día de hoy, en el domicilio de la calle Washington... de esta Ciudad y Partido, a los efectos de poder individualizar a la o las personas que están ocupando esa vivienda en la actualidad; solicitar al o los ocupantes que acrediten su estado de ocupación con documentación habilitante al respecto y entregar y notificar al o los ocupantes del inmueble de la siguiente intimación cuyo tenor es el siguiente: “Habiéndome impedido reiteradamente el ingreso a mi propiedad con violencia, siendo el suscripto EL PROPIETARIO LEGITIMO, y ustedes los USURPADORES que han ocupado en forma clandestina el inmueble de mi propiedad con violencia y nocturnidad, identificado como parcela catastral 29 de la manzana 120 “a” de la circunscripción III, sección "J", de la Localidad y Partido de José C. Paz, Provincia de Buenos Aires, ex Partido de General Sarmiento, en el domicilio arriba indicado del destinatario; los INTIMO a restituir el inmueble de mi propiedad en forma inmediata a la recepción de la presente. De continuar con su reiterada e ilegal negativa a la restitución de mi propiedad ocupada en forma clandestina y violenta por ustedes, me reservo el derecho de iniciar las acciones penales pertinentes, procurando su procesamiento y prisión por los delitos cometidos. Asimismo iniciaré las acciones civiles respectivas por el cobro de los daños y perjuicios, como así también comunicaré su accionar a VERAZ SOCIEDAD ANONIMA, quedando ustedes. imposibilitados de tomar créditos y demás servicios bancarios y financieros por largos años hasta ser compensado legalmente por sus acciones clandestinas en mi perjuicio. Quedan debidamente intimados y notificados conforme a la Ley”. ACEPTO el requerimiento. LEO al Requirente quien se ratifica en su contenido y así la otorga y firma, ante mí, doy fe. –