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 #1270399  por Este2009
 
Buenos días. Solicito su opinión en relacion a cómo inscribir un bien. Cónyuges A y B casados en segundas nupcias (1987), sin hijos de esa unión. Ambos fallecidos. Las sucesiones tramitan en el mismo juzgado civil de CABA, único bien a inscribir está a nombre de A. por escritura de compraventa del año 1991, o sea es un bien ganancial.
Mi duda radica en lo siguiente: En la sucesión de A tengo que denunciar el bien y solicitar la inscripción por el 50% del bien a nombre de B (porque el otro 50% es de ella por ganancialidad); una vez inscripto a nombre de B en la sucesión de A; tengo que denunciar nuevo bien en la sucesión de B, pedir nuevamente informes y pago de tasa de justicia por el 100% del bien para inscribirlo finalmente a nombre de los herederos de B? o existe la posibilidad que desde la sucesión de A se pueda inscribir directamente a nombre de los herederos de B? Como verán hago un poco de agua en esto. Espero sus comentarios, saludos y gracias
 #1270902  por PabloCi
 
Tengo una duda muy parecida. SI A falleció primero, significa que B fue investida en ese momento del titulo de heredera del 100%, relatas los hechos con fechas y partidas y listo. Si fue B quien falleció primero, el 100% pasaría a A (excepto que B tenga hijos de otra pareja), y ahí no estaría seguro respecto a la legitimidad para iniciar la sucesión de tus clientes. Si lo que se da es el segundo caso, habría que tratar de seguir, y esperar que el juzgado descuide un poco las fechas en las partidas.
Así lo entiendo yo, quizás me equivoque. Cordiales saludos !
 #1272857  por Este2009
 
Muchas gracias por le aporte, entiendo lo mismo que vos. saludos
 #1272860  por DRalonso
 
PERO SI ESTAN EN TRAMITE AMBAS SUCESIONES EN EL MISMO JUZGADO ¿QUE RESOLVIO ESE JUZGADO?
 #1272925  por Este2009
 
Buen día. El juzgado no ha resuelto nada. básicamente porque todavía no he planteado nada. estoy esperando que mi cliente pague deudas de arba para presentar todo. Las dos sucesiones están terminadas. Antes de denunciar el nuevo bien quería saber si tengo que pagar tasa de justicia e inscribir en la primera; esperar que esté inscripto y después de eso volver a pagar tasa de justicia y solicitar la inscripción definitiva o si puedo pedir directamente pagando una vez tasa de justicia y demás tramites para inscribir. Esa es la pregunta. Saludos