Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DOMICILIO ELECTRÓNICO DEL RENAPER

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1269600  por Dr. Adrián López López
 
Me respondieron que se siguen haciendo personalmente:
"Estimado Dr. , en respuesta a vuestra consulta recibida el día de la fecha por derivación del Servicio de Consultas, se informa que los letrados no tienen convenio con este Registro Nacional de las Personas para remitir y/o solicitar información vía web, por lo que deben presentar vuestros requerimientos únicamente en forma presencial y/o por comisionista/gestoría, en la Mesa de Entradas de la Av. Leandro N. Alem N° 150 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con turno previo en argentina.gob.ar/turnos, de Lunes a Viernes de 8 a 13 horas abonando (únicamente en efectivo) la correspondiente tasa administrativa determinada por Resolución Ministerial N° 266/2019, actualmente en ($250) doscientos cincuenta pesos argentinos por cada pedido de informe, o consignar correctamente en el mismo la causal de Ley Nacional de exención de corresponder. Nuestro Organismo no se encuentra adherido a DEOX.



Asimismo, se deja constancia que el envío del presente por esta casilla web se trata única y exclusivamente de una colaboración que se estaba prestando a causa de la cuarentena nacional, por lo que queda manifiesto que no es una vía habilitada para enviar solicitudes y/o requerimientos a este Registro Nacional, y se rechazarán los mismos automáticamente.
Saludos cordiales,
Dr. Juan Manuel Santos Massa
Coordinador de Convenios y Normativa - Registro Nacional de las Personas"