Mi cliente es el locador y contrato verbalmente ( me agarre la cabeza) con una persona conflictiva , un desastre total, y bueno ya saben como termina eso , llevo perros al departamento , ya mi cliente hizo la exposición en la policía respecto de los perros, pero lo que quería consultarles a uds. colegas es... si la única vía de rescindir el contrato para el locador es la del 1219 .-, si bien aparentemente hizo la denuncia respecto de las amenazas recibidas , fui a averiguar a los respectivos juzgados de instrucción pero acá con el tema pandemia , se hace por turnos y si le erraste en el numero fuiste hay que sacar otro turno .- mi consulta seria : si la única vía para rescindir el contrato es la vía del Art. 1219, o por la via amenaza calculo que podría pedir una medida cautelar .-