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 #1261018  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Consulta: mi cliente tiene una hermana que supera los 90 años. El es apoderado en Anses. Cobra la jubilación de ella. La ayuda con dinero para mantenerse. La cuestión es que económicamente esta mal esta señora y tiene dos inmueble y quiere vender uno porque la esta pasando muy mal. Tiene problema motriz y no puede firmar. Esta bien mentalmente. Ya lo corroboro el escribano. Mi cliente solo la ayuda con el tramite. La cuestión es que al realizar la escritura le dicen que como ella no firma, harán una firma a ruego con un tercero (conocido de la señora) y ella pondra su pulgar. Pero al hermano quieren hacerle un poder especial de venta. Informando que él "ayuda" a la hermana con la operación y que le entregan el dinero para que se lo facilite a ella. Esto genera algún inconveniente a futuro? El en "afan de ayudarla" lo firmaría. Pero le trae aparejado alguna consecuencia?
 #1261025  por legalescom
 
Fijate que, hace poco, recomendé la firma de un poder, para que el mandatario pueda disponer de la venta y el dinero, que incluso lo autorice a comprar, para él mismo el bien y poner que está otorgado en beneficio de mandante y mandatario, incluyendo también al otro inmueble, para que, hoy o mañana, no tenga que hacer la sucesión de la hermana. Allí sito todos los arts. del Código Civil y Comercial.
 #1261028  por abogado_1987
 
Iusgus2013 escribió: Mié, 23 Sep 2020, 14:44 Buenas colegas. Consulta: mi cliente tiene una hermana que supera los 90 años. El es apoderado en Anses. Cobra la jubilación de ella. La ayuda con dinero para mantenerse. La cuestión es que económicamente esta mal esta señora y tiene dos inmueble y quiere vender uno porque la esta pasando muy mal. Tiene problema motriz y no puede firmar. Esta bien mentalmente. Ya lo corroboro el escribano. Mi cliente solo la ayuda con el tramite. La cuestión es que al realizar la escritura le dicen que como ella no firma, harán una firma a ruego con un tercero (conocido de la señora) y ella pondra su pulgar. Pero al hermano quieren hacerle un poder especial de venta. Informando que él "ayuda" a la hermana con la operación y que le entregan el dinero para que se lo facilite a ella. Esto genera algún inconveniente a futuro? El en "afan de ayudarla" lo firmaría. Pero le trae aparejado alguna consecuencia?
Hola, entiendo dos opciones, sin poder ó con poder
tené presente que,

ARTÍCULO 380.- Extinción. El poder se extingue:
a. por el cumplimiento del o de los actos encomendados en el apoderamiento;
b. por la muerte del representante o del representado; sin embargo subsiste en caso de muerte del representado siempre que haya sido conferido para actos especialmente determinados y en razón de un interés legítimo que puede ser solamente del representante, de un tercero o común a representante y representado, o a representante y un tercero, o a representado y tercero;
c. por la revocación efectuada por el representado; sin embargo, un poder puede ser conferido de modo irrevocable, siempre que lo sea para actos especialmente determinados, limitado por un plazo cierto, y en razón de un interés legítimo que puede ser solamente del representante, o de un tercero, o común a representante y representado, o a representante y un tercero, o a representado y tercero; se extingue llegado el transcurso del plazo fijado y puede revocarse si media justa causa;
d. por la renuncia del representante, pero éste debe continuar en funciones hasta que notifique aquélla al representado, quien puede actuar por sí o reemplazarlo, excepto que acredite un impedimento que configure justa causa;
e. por la declaración de muerte presunta del representante o del representado;
f. por la declaración de ausencia del representante;
g. por la quiebra del representante o representado;
h. por la pérdida de la capacidad exigida en el representante o en el representado.

ARTÍCULO 1330.- Mandato irrevocable. El mandato puede convenirse expresamente como irrevocable en los casos de los incisos b) y c) del artículo 380. El mandato destinado a ejecutarse después de la muerte del mandante es nulo si no puede valer como disposición de última voluntad.


 #1261036  por Iusgus2013
 
DRalonso escribió: Mié, 23 Sep 2020, 20:31 "Pero le trae aparejado alguna consecuencia?" Si! ¿ES VIUDA? ¿HAY HIJOS, SOBRINOS, ETC.?
Es soltera. Aparte del hermano que esta ayudandola. Tiene 5 hermanos mas. Y sobrinos de hnos fallecidos.
 #1261038  por legalescom
 
Buscá, una respuesta mía, por el caso en consulta, donde el padre de un hijo, con discapacidad, le quiere dar un poder a un sobrino, para que cuando, él, fallezca, pueda disponer de su propiead y tenga la posibilidad de solventar los gastos de su hijo.
 #1261040  por Iusgus2013
 
legalescom escribió: Mié, 23 Sep 2020, 21:12 Buscá, una respuesta mía, por el caso en consulta, donde el padre de un hijo, con discapacidad, le quiere dar un poder a un sobrino, para que cuando, él, fallezca, pueda disponer de su propiead y tenga la posibilidad de solventar los gastos de su hijo.
Lo busco. Muchas gracias nuevamente!
 #1261096  por Iusgus2013
 
legalescom escribió: Jue, 24 Sep 2020, 08:00 Presta atención. Me he tomado el trabajo, de buscar mis respuestas, al tema en consulta por tu parte y están acá: http://portaldeabogados.com/foros/view ... f#p1260098

Ello, te va a costar, una caja de Malbec (6 botellas), de primera calidad.

Muchas gracias legalescom. Siempre muy atento. Con la buena predisposición a responder mis consultas, creo que es más que merecido!
 #1261097  por Iusgus2013
 
DRalonso escribió: Jue, 24 Sep 2020, 11:11 ¿Y NO CREES QUE ALGUNO DE LOS "5 hermanos" PODRA RECLAMAR EN EL FUTURO?

SUPUESTAMENTE NO. Pero es supuestamente. Igual, la escribana le informo que lo hará a titulo de nombrar y que participo en la transacción, pero que la hermana esta en plena capacidad y que el dinero, si bien se lo "entregan en el acto al hno", ahi nomas se lo otorga a la hermana. Solo para que no quede ninguna situación al azar en cuanto a realizar una transacción con una persona mayor de 90- Queriendo dejar que tuvo un "respaldo". Para que no exista ninguna figura de un supuesto fraude de parte del comprador.
 #1261132  por Iusgus2013
 
Muchas gracias a todos por los aportes. Si entiendo DrAlonso, pero la señora la esta pasando muy mal, y el hno no tiene mas medios economicos. La consulta iba en que situación "legalmente conflictiva" podria afrontar (en caso de que le quisieran hacer algun problema los demas hnos) Hacer lo va a hacer, es eso o que la hna quede a la deriva economicamente.
Con respecto al poder de legalescom por lo que lei, entiendo que seria un poder para que el hno sea mandatario pero respecto a los dos inmuebles y que el mismo subsista a posterior del fallecimiento de la mandante?? Y que pueda disponer a futuro?