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  • HONORARIOS SUCESION EN PCIA

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1277733  por asesor2019
 
Hola colegas, tengo una sucesiòn en donde hay dos inmuebles del acervo cuyo 50% es titular del causante, el otro 50 le corresponde a un tercero. Lo honorarios se calculan sobre el 50% que le corresponde al causante no?
 #1277779  por joibarguren
 
Hola se calcula teniendo en cuenta la base regulatoria (de cada inmueble (valuacion fiscal mas 10 % si es con la ley 8904 o valuación fiscal del impuesto al acto + 10% si es con la ley 14967) yl lo multiplicas x el 10 y 15 % (depende el Juzgado) de lo que te de tendrás que ver que ley se aplica y cuantas etapas hizo el abogado.