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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1250743  por MarielG65
 
Queridos colegas .Necesito asesoramiento respecto a una regulación de honorarios(Fecha:3/12/19 y a mi entender bajaaa!!!) en una sucesión ab-intestato que me dio bastante trabajo y donde hay 4 bienes que componen el acervo.Comencé la sucesión de UNO DE LOS CONYUGES (50%) y llegue hasta la D.H.,que se dicta en el 2014.Luego por desacuerdo entre los herederos ,nombran a otra colega. En el transcurso quien era mi cliente falleció por lo que inicia la sucesión del 50% restante, solicitando la inscripción. Por lo que entiendo tengo 2 etapas de la primera sucesion y mi colega tiene la tercer etapa de la misma y las tres del sucesorio ultimo-
Ahora bien,la resolución es la siguiente:"......3/12/2019.... regúlanse los honorarios de las profesionales intervinientes en mérito e importancia de las tareas desarrolladas en autos y en forma definitiva, DRA. MARIEL G65), patrocinante de los herederos de autos, en 62.37 JUS (Ac. 3953/19 SCBA, punto 2) por las labores desplegadas en la primera y segunda etapa del proceso sucesorio de ROSA xxx, y DRA. xx x.... patrocinante de los herederos de autos, en 298 JUS (Ac. 3953/19 SCBA, punto 1) por sus trabajos efectuados en la tercer etapa del proceso sucesorio de ROSA xxx , como así las tres etapas del proceso sucesorio de ROQUE xxx, todas ellas a cargo de la masa hereditaria (arts. 1, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 22, 24, 27, 28, 35, 51, 54 Dto. ley 8904/77 y Ley 14.967; Res. SCBA I73016/17 "Morcillo"; Ac. 3953/19 SCBA puntos 1 y 2), con más el aporte legal que determina la ley 6716 y los aportes de IVA, si correspondieren.-Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $ 7.309.750,80 (conf. Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Departamental Sala II causa 1876/2 caratulada "DEMONTE DE SOUZA, FRANCISCA Y OTROS S/SUCESION AB INTESTATO" R.H. Nº 62/2010 del 28/09/10). REGÍSTRESE en relación al R S I Nº 1147/14, 1446/15 y 943/18. NOTIFÍQUESE (arts. 54 y 57 de la Ley 14.967, art. 135 CPCC, Ac. 3845/17 SCBA
A tales efectos, se deja constancia que los emolumentos de la Dra. Gonzalez ascienden a la suma de $ 73.097,64 y los de la Dra. xxx a la suma de $ 511.368,00.-
La consulta es si corresponde para la regulación de mis honorarios 67,37 Ius y para la colega 298 Ius? Entiendo que he concluido únicamente dos etapas ,pero me parece tremenda la diferencia($ 73.097,64 / $ 511.368,00.) Mi labor profesional fue durante la vigencia de la Ley 8904 y la de la colega durante la 14.967,teniendo en cuenta esto están de acuerdo con esta regulación? Me recomiendan apelar?
Muchas gracias!!
 #1250954  por MarielG65
 
Muchas gracias DRalonso! La duda que tengo es si lo tengo que fundar cuando interpongo el recurso.El tema es que no se como calcularon mis honorarios ,pero entiendo que estan debajo del minimo que marca la Ley 8904(que es la que me aplican)
 #1250976  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, Mariel!

ENTIENDO QUE SI, PERO NO TRABAJO PCIA., ¿NO CONOCES COLEGAS EXPERTOS DE TU LOCALIDAD?, O EN TU COL. AB. DEBE HABER UN INSTITUTO DE PRACTICA PROFESIONAL...

¡SUERTE!

Y DESPUES CONTANOS COMO TE FUE...