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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1146635  por Asgard
 
Estimados, tengo que empezar a entregar comprobante del pago y sinceramente no sé si imprimir Factura o Recibo, que me conviene? Debería tener ambos? Desde ya, gracias
 #1146783  por berlin1974
 
Si sos motonotributsta, tenes que imprimir facturas C que son facturas recibos. Si sos IVA Inscripto tenes que hacer factura electrónica.
 #1146787  por EstebanM7
 
Yo hago factura electrónica (monotributista) creo que los nuevos tienen que hacer factura o recibo electronico. Parece complicado, pero es una fiesta, no necesitas nada, entras directamente al site de afip y te configuras la factura electronica, hasta logo le podes poner. Ingresando el cuit de la empresa que paga, completa los datos automaticamente. Olvidate de talonarios, tener que comprar seis para que salgan mas baratos.
 #1146994  por Asgard
 
Gracias a ambos por la info!!! Voy a ver lo de factura electrónica!