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  • EJECUCION DE HONORARIOS EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1273081  por marian2741
 
Disculpen la molestia, pero estoy un poco perdida con el inicio de una ejecución de honorarios y les agradecería que puedan compartir sus experiencias/opiniones así trato de resolverlo!

El caso:
Inicié un divorcio en el año 2018 por parte actora. Se dictó sentencia de divorcio en ese año con costas por su orden. Mi cliente, sabía que tenía que ir pagándome, pero fallé en el cobro durante el mientras tanto! En ese año, preparé un escrito para que se notifique personalmente de la sentencia de divorcio y olvidé informar los artículos de ambas leyes que refieren a honorarios (art 57) ya que tuve una regulación en pesos y otra en jus arancelarios. El cliente, ese día sabía que tenía que pagarme y solo pagó la suma en pesos y dijo que a la semana pagaba todo. Esa semana sígnica hoy tres años. Me cansé de mensajes y de sus vueltas…
Antes de la pandemia, hablé en el juzgado para iniciar la ejecución y me dijeron que con el escrito de haberse notificado personalmente, no iba a poder impulsar la ejecución ya que le faltaban esos artículos… hice una cédula y lo notifiqué a fines de Febrero de este año. En ese tiempo, me comuniqué con la Caja de Abogados y me informaron que los aportes debía actualizarlos con los intereses. Me sorprendió porque el cliente me debe una suma de dinero que los aportes que debo hacer y los intereses es más de la mitad. ¡O sea, casi que trabajé gratis! Expliqué que no hice los aportes porque no cobre la totalidad de los honorarios pero en mi jurisdicción colegas me dijeron que si los aportes no están actualizados, el juzgado no expide oficio y testimonio.
Las consultas:
1. Me enteré que el cliente, es responsable inscripto y que tiene dinero en una cuenta bancaria. A mi siempre me dijo que no tenía nada y que ponía todo a nombre de otras personas.
En este caso, solicito el embargo, pero no tengo la información de la cuenta si de la entidad. ¿cómo se hace para pedir el embargo y que se oficie a bancos porque a lo mejor tiene más fondos para poder cumplir la medida. Siempre solicite embargo informando una cuenta o sobre haberes… El oficio que podemos librar nosotros si o si tiene que tener los datos del expediente.
Mi única forma de cobrar, es con ese dinero de la cuenta porque el cliente no me va a pagar y cada vez se generan más intereses que tampoco se hará cargo. ¿Sugieren que haga algo previo antes de iniciar la ejecución? Creo que no tengo mucho tiempo por la prescripción de los honorarios. La sentencia es de octubre 2018
2. La regulación adeudada es en Jus arancelarios. Este año aumenta 3 veces hasta septiembre… no quisiera que el juzgado lo pesifique porque si no logro embargar la cuenta o ya no tiene fondos porque los retiró, siempre pierdo o debería vivir de liquidación en liquidación. Además, si bien tengo a cargo el 10 % de aportes no se puede pedir que el cliente se haga cargo de los intereses que debo pagarle a la caja porque yo no hice aportes porque no cobre por su culpa. Encima la caja no los traslada a la CAO, esa decisión esta sujeta a ellos y puede ser que no hagan lugar.
3. Solicito la inhibición de bienes. Tiene una casa pero solo el terreno está escriturado … el tema es que acá también tengo que inscribir la medida, pagar y se que nunca venderá o si vende, no lo hará legalmente!
4. Me preocupa mi situación ante la Caja de abogados y por ese motivo quiero iniciar la ejecución para que se sepa que no cobre esos honorarios y más sobre los intereses. Pienso si me paga en 10 años, como son los clientes quieren pagar lo que quieren y a esta persona no le interesa la inscripción y jamás entenderá que debe pagar los intereses de mis aportes porque si yo los pago estoy demostrando que cobre…
5. Quiero renunciar al expediente porque no tengo contacto con esta persona y además no quiero tenerlo más solo para cobrar lo que me debe. ¿Puedo hacerlo aunque me reste solicitar el oficio y testimonio? Una colega me informó que el pago de los honorarios lo incluye pero yo sigo ligada a una persona que no tiene respeto por mi trabajo! Creo que es lógico que lo haga porque la relación entre letrada y cliente, se quebró.

Muchas gracias y perdón la extensión de la consulta!
Saludos y muy buenas noches!!!
 #1273091  por marian2741
 
Hola Dr Alonso, buen día.

Antes que nada, muchas gracias por el tiempo invertido en leer mi consulta!

Con respecto al problema que hace mención sobre renunciar al patrocinio de un cliente, no es un problema para mí. Lo comenté porque desconozco si , en caso que perciba la totalidad de los honorarios adeudados - la tarea de solicitar el libramiento del oficio y testimonio para la inscripción del divorcio, se encuentra contemplado en ese pago. En realidad, lo consulté por mis obligaciones profesionales en relación a un expediente y no tener un problema a futuro. Claramente, me falta experiencia y soltar un poco más algunas cosas! Pero voy a renunciar.

En cuanto a lo de ser un tema para terapia, la verdad es que no lo sé específicamente pero si traté en sesiones algunas cuestiones sobre cómo ejercer y el trato para con el cliente. Les hice estas consultas sobre mi inquietud, considerando que ustedes como colegas, a lo mejor podrían compartir conmigo sus experiencias sobre un caso similar, opiniones en las cuestiones de índole procesal y sugerencias. Por ejemplo, orientarme en cómo pedir ese embargo desconociendo de ante mano el número de una cuenta bancaria del cliente o si existen otras ... cómo manejarme con los intereses que debería pagar a la CAJA por el 10 % que debo aportar - si se lo cobro al cliente y lo solicito en el inicio de la ejecución...

En fin, le pido disculpas y espero que tenga un gran día!!!

Saludos!
 #1273113  por DRalonso
 
NO HAY DE QE, MARIAN!

ME REFIERO A QUE EXPONES TEMAS PERSONALES, MAS QUE HECHOS Y ACTOS JURIDICOS!!!

¡NO LE DES MAS VUELTAS! ¡NO TE PREOCUPES, NI TE TORTURES MAS!!!

RENUNCIA Y LISTO!!!

LUEGO VERAS LO QUE EL JUZGADO RESUELVA: 1-LO MAS PROBABLE ES QUE ORDENE NOTIFICAR POR CEDULA AL REAL DE TU EX-CLIENTE, PERO PUEDEN LARGAR UN SIMPLE "TENGASE PRESENTE" Y CHAU...
EN ESTE CASO PARA CUBRIR TU RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MANDAS CD AL CUSIFAI, Y CHAU...

2-AHORA LAS PATOLOGIAS JUDICIALES: PUEDEN ORDENAR QUE SIGAS CON EL CASO SI SOS APODERADA -ENTRE TANTO TEXTO NO ACLARAS TU CALIDAD PROCESAL- LO QUE TE OBLIGARIA A HACER TODOS LOS TRAMITES QUE DESCRIBIS HASTA QUE EL CUSIFAI ESTE DEBIDAMENTE NOTIFICADO EN EL REAL.-
SI SOS PATROCINANTE PODRIAN ORDENARLO TAMBIEN PERO ES DE LOCOS...

3-HONORARIOS: ¿HAY MONTO DETERMINADO? ¿TENDRAS QUE PRESENTAR VALUACIONES?

¡SUERTE!
 #1273122  por marian2741
 
Hola Dr Alonso,
Voy a tener en cuenta su comentario!
Sobre los honorarios, en la sentencia se realizaron dos regulaciones - una en pesos que es la que el cliente pagó en el año 2018 al momento de se notificó espontaneamente de la sentencia de divorcio y otra en Jus arancelarios que es la que me adeuda y por la cual iniciaría la ejecución. El tema que plantié es como entiendo que mi única forma posible de cobro es la del embargo de esa suma de dinero que me enteré que tiene en un banco ( no trabaja en relación de depencia si es Responsable Inscripto), ¿cómo hago para que el Juez ordene oficiar a las entidades bancarias y luego ahí solicito el embargo que ya haya ordenado. No se sí me expliqué bien... siempre que pedí un embargo aclaré si era sobre haberes o sobre una cuenta bancaria " x" . Nunca lo hice sin tener esos datos. Pensé en el oficio que podemos librar nosotros pero debo indicar el número de expediente y autos y con esta situación de ASPO, no los contestan muy rápido..

En cuanto a los aportes, debería actualizarlos cuando me pague los honorarios adeudados pero hasta hace 3 meses eran $ 18000 los intereses que debo pagar además del 10 % de aportes y si en la ejecución no menciono el tema de los intereses para que el Juez lo considere como capital además de los honorarios, si logro embargarlo, cuando se finalice el monto embargado deberé hacer los aportes con más los intereses y puede ser que termine cobrando muy poco . Los intereses, la Caja los calcula a tasa activa y encima no es seguro que los trasladen a la CAO,
Saludos!
 #1273124  por DRalonso
 
MARIAN, ES MAS QUE "COMENTARIO", EMPIEZO POR EL FINAL: CAJA PCIA. NO TE PUEDO BRINDAR NADA YA QUE NUNCA SE SABE CON ESOS ESTAFADORES; ANTES HABIA EN LA CENTRAL DE LA PLATA UNA ASESORIA PARA MATRICULADOS, PERO HOY DIA...

LA 2da. REGULACION ¿DEBIDAMENTE NOTIFICADA AL REAL, O TAMBIEN CON ESCRITO?, ¿TENES LOS DATOS EXACTOS DE ESA CUENTA BANCARIA?

Y NO DECIS TU CALIDAD PROCESAL ¿APODERADA, PATROCINANTE?